Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2012 (17/03/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

462646

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2012

bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008AG, los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano y se notifican a la Organizacion Mundial del Comercio ­ OMC; Que, el articulo 28º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Articulo 21º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones (CAN) prescribe que los Paises Miembros que realicen importaciones desde terceros paises se aseguraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de proteccion inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Informe 0009-2012-AG-SENASA-DSASDCA-MQUEVEDOM de fecha 06 de marzo de 2012 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios establecidos para la importacion de hurones procedentes de Espana; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA de Naciones; y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer los requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio para la importacion de hurones procedentes de Espana. Articulo 2º.- Los requisitos sanitarios seran publicados en el MORDAZA institucional del SENASA (www.senasa.gob. pe). Articulo 3º.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. HALZE MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 765503-1

Que, el Plan Operativo Informatico es un instrumento de gestion de corto plazo que permite definir las actividades informaticas de las entidades de la Administracion Publica integrantes del Sistema Nacional de Informatica, en sus diferentes niveles; Que, cada ano fiscal, las entidades de la Administracion Publica deberan registrar en la pagina Web del MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi), el Plan Operativo Informatico (POI) correspondiente, segun lo dispuesto en el articulo 4° de la Resolucion Ministerial N° 19-2011PCM, que aprueba la "Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las Entidades de Administracion Publica y su Guia de Elaboracion"; Que, el numeral 4.2 del acapite IV de la referida Guia de Elaboracion dispone que la Oficina de Informatica de la Entidad formulara, registrara y evaluara el respectivo Plan Operativo Informatico, que sera aprobado por la MORDAZA autoridad de la Entidad; Que, mediante el documento del Visto, el Director General de la Oficina de Informatica ha propuesto el Plan Operativo Informatico ­ POI 2012 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, instrumento de gestion que resulta necesario aprobar; De conformidad con la Ley N° 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Resolucion Ministerial N° 19-2011PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el "Plan Operativo Informatico ­ POI 2012 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo" que como Anexo en veintitres (23) folios visados y sellados, forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Oficina de Informatica el registro del Plan Operativo Informatico ­ POI 2012 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en la pagina web del MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi). Articulo 3°.- La Oficina de Informatica es responsable del seguimiento y evaluacion del cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Operativo Informatico ­ POI 2012 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, debiendo informar de ello a la Secretaria General del MINCETUR. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 764802-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el "Plan Operativo Informatico ­ POI 2012 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 091-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 13 de marzo de 2012 Visto, el Memorandum N° 047-2012-MINCETUR/SG/ OGI, del Director General de la Oficina de Informatica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Especial para la uniformizacion y simplificacion del tramite por la Ventanilla Unica de Comercio Exterior ­ VUCE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 093-2012-MINCETUR/DM MORDAZA, 14 de marzo de 2012 Visto, el Memorandum N° 134-2012-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, la Comision Especial para la uniformizacion y simplificacion del tramite por la Ventanilla Unica de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.