Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2012 (17/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2012

En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA USAF de los Estados Unidos de MORDAZA, MORDAZA C. MORDAZA, del 17 al 25 de marzo de 2012, con la finalidad de efectuar una visita para documentar las actividades cientificas a los proyectos de investigacion que el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales ­ NAMRU-6 realiza en las ciudades de Iquitos y Lima. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 764909-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 303-2012-DE/SG MORDAZA, 13 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 0167 de fecha 02 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, realizara una visita a diferentes autoridades militares del Peru, en el MORDAZA de la Cooperacion Internacional que existe con dicho pais; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion, senala la MORDAZA, debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. Asimismo, dispone que en los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Exteriores, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados

Unidos de MORDAZA, detallado a continuacion, del 18 al 23 de marzo de 2012, con la finalidad de efectuar una visita a diferentes autoridades militares del Peru, en el MORDAZA de la Cooperacion Internacional que existe entre ambos Estados. 1. 2. 3. 4. 5. Contralmirante Brigadier General Mayor Mayor Capitan MORDAZA Brown MORDAZA Urrutia-Varhall MORDAZA Mahar MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sexton

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 765505-1

Designan organo encargado de presentar opinion favorable para la creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico de las Fuerzas Armadas y gestionar la opinion favorable de otras entidades estatales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 317-2012 DE/SG MORDAZA, 16 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro de Defensa es la mas alta autoridad del sector defensa y administrativa del Ministerio de Defensa; Que, el articulo 34º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011 DE, establece que la Direccion General de Educacion y Doctrina es el organo encargado de formular, proponer, dirigir, implementar, supervisar y evaluar la politica educativa del sector en los niveles de formacion y perfeccionamiento, con la finalidad de lograr una educacion integral; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 29248 ­ Ley del Servicio Militar aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2009-DE-SG, dispone que el Servicio Militar tiene por finalidad capacitar a los peruanos en edad militar en las Instituciones Armadas, en aspectos de adiestramiento militar y formacion, en Educacion Tecnico Productiva o educacion Superior Tecnologica, para su eficiente participacion en la Defensa y Desarrollo Nacional, asi como para disponer de reservas instruidas y entrenadas para la movilizacion; Que, el numeral 3) del articulo 64º del Reglamento de la Ley Nº 29248, estipula como beneficios de quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar acuartelado, entre otros, recibir educacion superior tecnologica en distintas carreras profesionales tecnicas, las que daran lugar a la obtencion de la certificacion y del titulo correspondiente a nombre de la Nacion, reconocidos por el Ministerio de Educacion y la convalidacion de los estudios, de acuerdo al nivel y modalidad de educacion recibida de conformidad con las normas legales vigentes; Que, con la finalidad de fortalecer el servicio militar y brindar una adecuada educacion superior tecnologica al personal que presta dicho servicio, resulta indispensable la creacion de un Instituto de Educacion Superior Tecnologico de las Fuerzas Armadas;

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