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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de abril de 2013 491956 CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234º, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, la emisión de instrumentos financieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232º de la Ley General, el que establece que la emisión en serie de instrumentos financieros de captación del ahorro del público debe ser acordada por el órgano de dirección de la empresa, y requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, así como en lo señalado en la Circular Nº B-2074-2000; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del BBVA Continental del 29 de marzo de 2012, se aprobó por unanimidad la emisión de obligaciones no convertibles en acciones durante el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2012 y la realización de la próxima Junta Obligatoria Anual de Accionistas, hasta por un monto máximo en circulación de USD 1 800 000 000.00 (mil ochocientos millones y 00/100 dólares americanos) y/o su equivalente en moneda nacional u otras monedas. Asimismo, la mencionada Junta acordó por unanimidad delegar en el Directorio, la facultad de decidir la oportunidad y número de los programas de emisiones y/o emisiones singulares, el monto, el tipo y en general, las demás condiciones de cada emisión, así como la clase de obligaciones que se emitirán; Que, en sesión de Directorio del BBVA Continental del 24 de enero de 2013, se aprobó la operación internacional de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 1 500 000 000.00 (mil quinientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles u otras monedas, a un plazo de hasta 15 años, acordándose además facultar a determinados directores y funcionarios para que, de manera conjunta o individual, puedan realizar los trámites destinados a obtener las autorizaciones correspondientes y, en general, suscribir todo los documentos que se requieran para el cumplimiento de dicho acuerdo, así como para la fi jación de las condiciones de la emisión y sus características, sin ninguna reserva ni limitación; Que, mediante comunicación de fecha 04 de febrero de 2013, BBVA Continental solicita opinión favorable de la Superintendencia para la inscripción de un marco de emisiones internacionales de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 1 500 000 000.00 (mil quinientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles u otras monedas, a un plazo de hasta 15 años; Que, si bien esta Superintendencia no autoriza la inscripción de los referidos instrumentos de deuda, si opina favorablemente respecto a su emisión, conforme a los acuerdos adoptados por la entidad solicitante y previa verifi cación de los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los cuales han sido cumplidos en el presente trámite; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”, Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y Legal; y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confi ere el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el BBVA Continental lleve a cabo un marco de emisiones internacionales de Senior Unsecured Notes bajo la Regulation S and Rule 144A de la US Securities Act of 1933, hasta por un monto de USD 1 500 000 000.00 (mil quinientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles u otras monedas, conforme a los términos acordados por la entidad y dentro del plazo que a tal efecto determine su junta obligatoria anual. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 917073-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían plazo para el pago del primer trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2013/MDLCH Chosica, 26 de marzo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; Visto el Informe Nº83-2013/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual amplía el plazo de vencimiento de la 1ª cuota del impuesto predial y de los arbitrios municipales del año 2013, hasta el lunes 30 de abril del presente. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº183-MDL, publicado el 17 de febrero de 2013, se establece el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2013. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº002-2013/ MDLCH, se amplió el vencimiento para el pago de PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2013 hasta el día lunes 01 de abril del presente año. Que, en vista de que a la fecha aún muchos contribuyentes no han recibido sus cuponeras de pago debido a la demora del proceso de convocatoria para el servicio de elaboración y distribución de las referidas cuponeras, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº135-99-EF, concordante con el artículo 4º de la Ordenanza Nº183-MDL; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago de PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL y de los ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2013 hasta el día martes 30 de abril del presente año. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 918077-1