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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2014 (02/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Jueves 2 de enero de 2014 513455 Que, por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN de fecha 30 de junio de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, conteniendo la nueva estructura orgánica e identifi cación de los distintos órganos y unidades orgánicas de la Institución con delimitación de funciones; Que, posteriormente a ello, por Resolución Ministerial N° 0996-2013-IN/DGPP de fecha 05 de julio de 2013 se establecen las acciones complementarias al nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, siendo el caso el cargo de Director de la Dirección de Relaciones Comunitarias para el Orden Interno de la Dirección General para la Seguridad Democrática se ha mantenido en esta nueva estructura orgánica; Que, en ese sentido, corresponde dejar sin efecto la encargatura señalada en el primer considerando de la presente Resolución y designar al funcionario que ocupará el cargo de Director de la Dirección de Relaciones Comunitarias para el Orden Interno de la Dirección General para la Seguridad Democrática; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura efectuada mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0518-2012-IN/0301 de 03 de julio de 2012. Artículo 2.- Designar al señor César Germán Chumpitaz Ayudante, en el cargo público de confi anza de Director de la Dirección de Relaciones Comunitarias para el Orden Interno de la Dirección General para la Seguridad Democrática del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1033014-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorizaciones a personas naturales, para prestar servicios de radiodifusión en localidades de los departamentos de Puno, Cajamarca, Piura, Apurímac, Tacna y Pasco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 645-2013-MTC/03 Lima, 13 de diciembre del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2012-079072 presentado por la señora MARY LUZ MAMANI CAJCHAYA, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en la localidad de Samán-Taraco, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla; Que, con Resolución Directoral Nº 975-2005-MTC/17 de fecha 26 de mayo de 2005, actualizada con Resolución Directoral Nº 0494-2013-MTC/28 de fecha 16 de abril del 2013, se aprobó el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de Taraco, provincia de Huancané, departamento de Puno, correspondiente a la localidad de Samán-Taraco; Que, con Resolución Viceministerial Nº 345-2005- MTC/03 y sus modifi catorias se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda VHF para diversas localidades del departamento de Puno, entre las cuales se encuentra la localidad de Samán-Taraco, la que incluye al distrito de Taraco; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Samán-Taraco establece 0.3 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 358- 2003-MTC/03, se aprobaron las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, la misma que indica que las estaciones que operen con una potencia menor de 50 Kw de e.r.p. y una máxima altura efectiva de la antena de 300 metros, se clasifi can como Estaciones Clase C; Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, modifi cado por Decreto Supremo Nº 017-2010- MTC, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioeléctrico, se podrá otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio; Que, con Informe Nº 2824-2013-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la señora MARY LUZ MAMANI CAJCHAYA, para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda de VHF en la localidad de Samán-Taraco, departamento de Puno, en el marco del procedimiento para la prestación del servicio de radiodifusión en localidades fronterizas; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda VHF para la localidad de Samán-Taraco, aprobado por Resolución Viceministerial N° 345-2005- MTC/03 y sus modifi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora MARY LUZ MAMANI CAJCHAYA, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por