Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

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Que, mediante Oficio Nº 367-2013-DVM/MINSA de fecha 16 de MORDAZA de 2013, el Ministerio de Salud indico la exclusion de la operacion del servicio diagnostico de imagenes del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja"; Que, en atencion a la comunicacion referida en el considerando precedente, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION del 18 de MORDAZA de 2013, ratificado por Resolucion Suprema Nº 055-2013-EF, se aprobaron las modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja"; Que, mediante Oficios N° 585-2013-DVM/MINSA y N° 597-2013-DVM/MINSA, recibidos con fecha 10 y 12 de diciembre de 2013, respectivamente, el Ministerio de Salud comunico a PROINVERSION la decision de su sector de excluir del Plan de Promocion de la Inversion Privada del referido proyecto, del rubro Apoyo al Diagnostico, lo referente a la operacion de Banco de Sangre; Que, en atencion a la comunicacion referida en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 19 de diciembre de 2013, aprobo las modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja"; Que, en el MORDAZA de lo establecido en el numeral 9.7 del articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 1012, el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 19 de diciembre de 2013, debe ser ratificado por Resolucion Suprema; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en su sesion de fecha 19 de diciembre de 2013, en virtud del cual se aprobaron las modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1039225-9

Anexo Nº 06: Distribucion de los recursos no asignados por incumplimiento de metasdurante el ano 2014 La distribucion de los recursos no asignados por incumplimiento de metas durante el ano 2014 -Bono adicional-se realiza de la siguiente manera: a) Para el grupo de municipalidades de ciudades principales MORDAZA "A"; 10% del total de dichos recursos. b) Para el grupo de municipalidades de ciudades principales MORDAZA "B"; 20% del total de dichos recursos. c) Para el grupo de municipalidades de ciudades no principales con 500 o mas viviendas urbanas; 30% del total de dichos recursos. d) Por ultimo, para el grupo de municipalidades de ciudades no principales con menos de 500 viviendas urbanas; el 40% del total de dichos recursos. La distribucion de los recursos que corresponde a cada municipalidad en cada grupo se determina de acuerdo a su tamano poblacional estimada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) para el ano 2014. Si enalgunode los grupos arriba mencionados, ningun Gobierno Local cumplio el 100% de sus metas al 31 de diciembre del 2013 y al 31 de MORDAZA del 2014, el-monto de MORDAZA Adicional que le corresponde a dicho grupo se mantiene en el Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas conforme a lo establecido en el numeral 10.2 del articulo 10. 1039225-5

Ratifican el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, que aprueba las modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja"
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2014-EF MORDAZA, 16 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 2874-2012-DM/MINSA de fecha 19 diciembre de 2012, el Ministerio de Salud solicito a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ en adelante PROINVERSION-, el desarrollo de cuatro proyectos, mediante la modalidad de Asociaciones Publico ­ Privadas, requiriendo se proceda con la formulacion del Informe de Evaluacion y se encargue de la conduccion de los proyectos, incorporandolos al MORDAZA de promocion de la inversion privada; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en la sesion de fecha 11 de enero de 2013, se acordo, entre otros, aceptar el encargo del Ministerio de Salud para desarrollar mediante la modalidad de Asociacion Publico ­Privada el proyecto denominado "Gestion del Instituto Nacional de Especialidades Pediatricas", y otros 3 proyectos vinculados al sector salud; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 090-2013/ MINSA, se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 139: "Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja", denominacion que de acuerdo a lo solicitado por el sector, es la que se utilizara en sustitucion de la denominacion "Instituto Nacional de Especialidades Pediatricas"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 27 de marzo de 2013, se acordo incorporar el proyecto denominado "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja" al MORDAZA de promocion de la inversion privada, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1012, su reglamento y demas normas modificatorias y conexas; Que, asimismo el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 26 de MORDAZA de 2013, acordo aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada del proyecto "Gestion del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA ­ San Borja"; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 035-2013EF publicada el 27 de junio de 2013, se ratificaron los acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION, aludidos en los considerandos precedentes;

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al MORDAZA Semestre del ano 2010
RESOLUCION MINISTERIAL N° 018-2014-EF/15 MORDAZA, 15 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 14° de la Ley N° 27506, Ley de Canon, el Canon Forestal esta compuesto por el cincuenta por ciento (50%) del pago del derecho de aprovechamiento de productos forestales y de fauna MORDAZA, asi como de los permisos y autorizaciones que otorgue la autoridad competente; Que, el numeral 5.2 del articulo 5° de la Ley N° 27506, y normas modificatorias, establece los criterios de distribucion del Canon; Que, segun el literal f) del articulo 2° del Decreto Supremo N° 005-2002-EF, Reglamento de la Ley de Canon, modificado por el Decreto Supremo N° 029-2004EF, la base de referencia para calcular el Canon Forestal esta constituida por el cincuenta por ciento (50%) del pago del derecho de aprovechamiento, referidos al pago por los permisos, autorizaciones y concesiones de productos forestales y de fauna MORDAZA que recaude el Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA;

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