Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2014 (18/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 18 de octubre de 2014

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considerados en la Ley que autoriza la excepcion del cumplimiento de las reglas fiscales de acuerdo con lo establecido en el numeral 10.3 del Articulo 10º de la Ley N° 30099 y en los articulos 19º, 20º y 21º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 104-2014-EF. 3. Incorporacion voluntaria: Los Gobiernos Locales que soliciten adelantar la elaboracion y remision de su Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas. La solicitud de incorporacion voluntaria podra ser remitida hasta el 2 de febrero del 2015. 4. Gobiernos locales que cuenten con al menos dos anos fiscales despues de su creacion: La incorporacion de los Gobiernos Locales a que se refiere el presente criterio debera tomar como referencia el ano establecido para la provincia a partir de la cual se genero, senalado en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Metodologia de seleccion gradual Apruebese la metodologia de seleccion gradual de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas, que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Relacion de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal Sobre la base de los criterios y metodologia definidos en los articulos precedentes, apruebese la relacion de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas, que se detalla en el Anexo 2. Articulo 4º.- Actualizacion de la Relacion de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal. La relacion aprobada mediante el articulo 3° de la presente Resolucion Ministerial podra ser actualizada MORDAZA del 30 de setiembre de cada ano fiscal, considerando los criterios de seleccion complementarios establecidos en el literal b) del numeral 1.2 del Articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO N°1 ­ METODOLOGIA DE SELECCION GRADUAL Criterios de seleccion gradual

N° 104-2014-EF, establece que la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas brindara asistencia tecnica a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la elaboracion del Informe Multianual de Gestion Fiscal, considerando la implementacion gradual a que se refiere el Articulo 20° de la Ley; Que, de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, el 23 de MORDAZA del presente ano, se establecio cambios en su estructura organizacional con la finalidad de optimizar los servicios que presta en el ambito de sus competencias; en tal sentido se establecio que la Direccion General de Politica Macroeconomica y Descentralizacion Fiscal asume las funciones de la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los criterios de seleccion gradual y la relacion de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Criterios de Seleccion gradual Apruebense los criterios de seleccion gradual de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal de conformidad a lo dispuesto en el articulo 42 del Reglamento de la Ley N° 30099, aprobado por el Decreto Supremo N° 104-2014-EF: 1.1 De la seleccion de los Gobiernos Regionales: Todos los Gobiernos Regionales deberan elaborar y remitir, de forma obligatoria, el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas a partir del ano 2015. 1.2 De la seleccion de los Gobiernos Locales: Los Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir, de forma obligatoria, el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas, seran seleccionados gradualmente en un periodo de seis (6) anos que comprende desde el ano 2015 hasta el ano 2020, considerando los siguientes criterios: a) Criterios de seleccion: Los criterios de seleccion son aplicables a nivel provincial e incluyen a todos sus Gobiernos Locales que cuenten con al menos dos anos fiscales despues de su creacion, considerando el siguiente orden: 1. Seleccion de las capitales de departamento: Los Gobiernos Locales de la provincia donde se encuentra la capital del departamento, deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas a partir del ano 2015. 2. Seleccion progresiva segun la mayor participacion de la provincia sobre la sumatoria del ingreso anual promedio de los ultimos cuatro (4) anos de todos los Gobiernos Locales. b) Criterios de seleccion complementarios: Los Gobiernos Locales seran seleccionados e incluidos en la relacion Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir el Informe Multianual de Gestion Fiscal segun lo senalado en el Articulo 4º de la presente Resolucion Ministerial, de presentarse alguno de los siguientes criterios complementarios: 1. Incumplimiento de la regla fiscal de Saldo de Deuda: Los Gobiernos Locales provinciales que, durante el periodo de seleccion gradual, incumplan la regla fiscal de saldo de deuda. 2. Publicacion de la Ley que autoriza la excepcion del cumplimiento de las reglas fiscales previstas en el articulo 7º de la Ley Nº 30099, por incremento de transferencias de regalia minera o canon gasifero proveniente de regalias: Los Gobiernos Locales

Todos los Gobiernos Regionales deberan elaborar y remitir, de forma obligatoria, el Informe Multianual de Gestion Fiscal (IMGF) al Ministerio de Economia y Finanzas a partir del ano 2015, de acuerdo al numeral 1.1 del articulo 1° de la presente resolucion ministerial; Los Gobiernos Locales que deberan elaborar y remitir, de forma obligatoria, el Informe Multianual de Gestion Fiscal al Ministerio de Economia y Finanzas, seran seleccionados gradualmente en un periodo de seis (6) anos que comprende desde el ano 2015 hasta el ano 2020, considerando los criterios establecidos en numeral 1.2 del articulo 1° de la presente resolucion ministerial, conforme a la siguiente metodologia: 1. De la seleccion de Gobiernos Locales. La seleccion se realiza a nivel provincial, de manera progresiva y acumulativa, e incluye a todos sus Gobiernos Locales que cuenten con al menos dos anos fiscales despues de su creacion. Para el ano 2015, se incorporan aquellas provincias que contengan a la capital de cada departamento; sumadas a las anteriores, se agrupan a las provincias con mayores ingresos anuales, de forma tal que acumulen no menos del cincuenta por ciento (50%) sobre la sumatoria del ingreso anual promedio de los ultimos cuatro (4) anos de todos los Gobiernos Locales.

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