Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2015 (10/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 10 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

558951

Designan Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 460-2015 MTC/01.04 Lima, 7 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 29158, y 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Claudia Sofía Frisancho Dávila de Monge, en el cargo público de confianza de Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1272148-1

Otorgan autorización a la Municipalidad Distrital de Ichuña para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en onda media en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 295-2015-MTC/03 Lima, 23 de julio del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2012-044094 presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ICHUÑA, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para

prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 041-2005MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Onda Media (OM) para las localidades del departamento de Moquegua, entre las cuales se encuentra la localidad de Moquegua; cuyo Plan fue modificado mediante Resolución Viceministerial Nº 5092006-MTC/03; Que, según las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modificatorias, las estaciones en Onda Media (OM) que operen con potencia de transmisión en el rango mayor que 1 Kw. hasta 50 Kw. se clasifican como estaciones de Clase C; Que, con Informe Nº 0999-2015-MTC/28, ampliado con Informe Nº 1309-2015-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ICHUÑA para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Onda Media (OM) para la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 041-2005MTC/03, modificado por Resolución Viceministerial N° 509-2006-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.Otorgar autorización a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ICHUÑA, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales:
Modalidad Frecuencia Finalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN OM : 1350 KHz : EDUCATIVA

Características Técnicas:
Indicativo : Emisión : Potencia Nominal del Transmisor : Clasificación de Estación : OCU-6D 10K0A3EGN 3.0 KW C

Ubicación de la Estación:
Estudios : Plaza de Armas s/n, distrito de Ichuña, provincia de General Sánchez Cerro y departamento de Moquegua. : Longitud Oeste Latitud Sur : 70º 32' 10'' : 16º 09' 46.2''

Coordenadas Geográficas Planta Transmisora

: Cerro Cruz Pata, distrito de Ichuña, provincia de General Sánchez Cerro y departamento de Moquegua. : Longitud Oeste Latitud Sur : 70° 32' 0.6'' : 16º 08' 38.4''

Coordenadas Geográficas

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