Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2015 (12/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 12 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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resolución, debiendo implementar todas las acciones administrativas que correspondan conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK Alcalde 1272870-1

Designan funcionario responsable de entregar información de acceso público de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 328-2015-MDLO Los Olivos, 10 de julio de 2015

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Prorrogan vigencia del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el distrito, aprobado mediante Ordenanza N° 411-2015CDLO
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2015-MDLO Los Olivos, 30 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con la Ordenanza Nº 411-2015 CDLO, se aprueba el Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Los Olivos cuyo fin es alentar el desarrollo económico y social del vecindario reconociendo el importante esfuerzo económico que supone la construcción de sus viviendas o edificaciones unifamiliares y multifamiliares y/o comercios, las mismas que en gran número han sido ejecutadas sin contar con las autorizaciones correspondientes; Que, con Informes Nº 416-2015/MDLO ­ GDU ­ SGAM de fecha 22 de julio de 2015 y Nº 91-2015/MDLOGDU de fecha 30 de julio de 2015, de la Subgerencia de Autorizaciones Municipales y Gerencia de Desarrollo Urbano respectivamente, señalan que a la fecha un gran número de vecinos aun no se han acogido a los beneficios de la Ordenanza Nº 411-CDLO, por lo que se hace necesario ampliar su vigencia, lo que ayudará a dar solución al problema existente y en forma progresiva erradicar tal situación de informalidad; Que, el artículo segundo de la Ordenanza Nº 411CDLO faculta al Señor Alcalde de considerarlo necesario ampliar los plazos establecidos en la misma mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el Distrito de Los Olivos, aprobado mediante Ordenanza Nº 411-CDLO. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Autorizaciones Municipales, Gerencia de Tecnologías de la Información, Secretaría General y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1272636-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, promueve la transparencia de los actos del Estado y Regula el Derecho Fundamental del Acceso a la Información consagrado en el numeral 5) del Artículo 2º de la Constitución Política del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a través del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificado con Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; Que, el Artículo 3º de la Ley 27806, concordante con el Artículo 3º del respectivo Reglamento, modificado con Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, disponen que la máxima autoridad de la entidad designará al funcionario responsable de entregar la Información de Acceso Público; Que mediante Ordenanza Nº 412-CDLO de fecha 13 de marzo de 2015 se aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad, mediante la cual se crea la Subgerencia de Atención al Ciudadano como órgano de apoyo encargado de brindar información y orientación al ciudadano quedando detallada sus funciones, entre otras, en los numerales 16.4), 16.10) y 16.11) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones; Estando a las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones que confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, al Subgerente de Atención al Ciudadano de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, como FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, quien atenderá las solicitudes de información de los administrados al amparo de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública". Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda disposición municipal que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que los Funcionarios y Servidores de esta Comuna, proporcionen la información y documentación que solicite el Funcionario Responsable de Entregar la Información de Acceso Público, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la Publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la notificación a las Oficinas pertinentes para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1272638-1

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