Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2015 (12/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de agosto de 2015 /

El Peruano

relacionada al referido procedimiento de vacancia. Por ello, a través del Oficio Nº 247-2015-A/MDM, recibido el 13 de abril de 2015, dicha municipalidad remitió la información solicitada. Adicionalmente, mediante la Carta Nº 83-2015-MDM/SG, recibida el 2 de junio de 2015, el secretario general de esta entidad edil remitió el Acta de sesión extraordinaria de concejo Nº 06-2015-MDM/CM, de fecha 27 de mayo de 2015, mediante la cual se ratificó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 041-2015-CM/MDM, que declaró la vacancia del regidor Felipe Santisteban Santamaría. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. Asimismo, mediante el Oficio Nº 210-2015-A/MDM, del 26 de marzo de 2015, se remitió documentación relacionada al procedimiento de vacancia iniciado contra el regidor Felipe Santisteban Santamaría, debido a que, sin mediar justificación, no asistió a las sesiones ordinarias realizadas el 13 de enero (fojas 3 a 10), el 21 de enero (fojas 11 a 19) y el 2 de febrero de 2015 (fojas 20 a 30), así como a las sesiones extraordinarias llevadas a cabo el 13 de febrero (fojas 31 a 32) y el 24 de febrero de 2015 (fojas 33 a 36). Al respecto, cabe señalar que dicha autoridad fue debidamente notificada de las mencionadas sesiones, tal como consta en los cargos de notificaciones que obran en autos (fojas 40 a 43). 4. En ese contexto, se aprecia que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 041-2015-CM/MDM (fojas 47), que formalizó el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria llevada a cabo el 24 de marzo de 2015 (fojas 37 a 39), se declaró la vacancia de Felipe Santisteban Santamaría, regidor de la citada entidad edil, por haber incurrido en la causal señalada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 5. Así también, con la Carta Nº 041-2015-SG/MDM, de fecha 7 de abril de 2015, se notificó del citado acuerdo de concejo al mencionado regidor. Sin embargo, a pesar de haber transcurrido el plazo legal establecido y de haber sido debidamente notificado, dicha autoridad no interpuso recurso impugnatorio alguno (fojas 56 a 57). Por ello, mediante la Carta Nº 83-2015-MDM/SG, recibida el 2 de junio de 2015, se pone en conocimiento de este Supremo Tribunal Electoral que, a través el Acta de sesión extraordinaria de concejo Nº 06-2015-MDM/CM, de fecha 27 de mayo de 2015, el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 041-2015-CM/MDM fue ratificado y quedó consentido. 6. En consecuencia, en vista de que se ha acreditado la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde emitir la respectiva credencial, de conformidad con el artículo 24 del mismo cuerpo legal, el cual establece que, en caso de vacancia de un regidor, este es remplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por tal motivo, se debe convocar a Wenceslao Damián Valdera, identificado con DNI Nº 17604124, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, según el acta de proclamación del Jurado Electoral Especial de Chiclayo, de fecha 31 de octubre de 2014, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Felipe Santisteban Santamaría, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Felipe Santisteban Santamaría, identificado con DNI Nº 17562983, como regidor del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Wenceslao Damián Valdera, identificado con DNI Nº 17604124, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Mórrope, provincia y departamento de Lambayeque, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, razón por la cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1272988-1

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias de fiscales en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 114-2015-MP-FN-JFS Lima, 10 de agosto de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por la doctora CLARA LUZ CONDE CENTENO, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, con efectividad al 08 de julio de 2015; Que, mediante Acuerdo Nº 3928 adoptado en Sesión Ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 06 de agosto de 2015, se aceptó por unanimidad la renuncia presentada por la mencionada Fiscal, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 08 de julio de 2015, la renuncia formulada por la doctora CLARA LUZ CONDE CENTENO, al cargo de Fiscal Provincial Adjunto a la Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1273157-1

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