Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2015 (31/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Lunes 31 de agosto de 2015 /

El Peruano

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan Auxiliar Coactivo del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 140-2015-INDECOPI/COD Lima, 17 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Auxiliar Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 223-2015; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada Mónica María Vinatea Aguayo en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi, con efectividad al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1279842-1

oficinas especiales, la cual incluye la denominada PRICO Piura; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación, el traslado de una (01) oficina especial, según el siguiente detalle:
Denominación PRICO Piura De (Dirección actual) Esq. Av. Loreto N° 600 con Jr. Callao Distrito, Provincia y Departamento de Piura A (Nueva dirección) Av. Grau N° 1006, Esq. con Av. San Martín N° 336-386, sub lote A Distrito, Provincia y Departamento de Piura

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1279918-1

Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Credinka S.A., a partir de la entrada en vigencia de la Resolución SBS Nº 4655-2015, el cierre de oficinas ubicadas en diversos departamentos del país
RESOLUCIÓN SBS Nº 4883-2015 Lima, 27 de agosto de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Credinka S.A. y la Financiera Nueva Visión S.A. (en adelante, la Caja y la Financiera, respectivamente) con fecha 29.12.2014, para que esta Superintendencia les autorice, entre otros, a llevar adelante un proceso de escisión a través del cual la Caja segregará un bloque patrimonial que será absorbido por la Financiera; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 4655-2015 del 14 de agosto de 2015 se autorizó a la Caja y a la Financiera, entre otros, a: (i) llevar adelante un proceso de escisión a través del cual la Caja segregará un bloque patrimonial que será absorbido por la Financiera; efectuar el correspondiente aumento del capital social de la Financiera como consecuencia de la absorción del bloque patrimonial, y la modificación integral de su estatuto social en el marco de la operación de escisión, la cual involucra el cambio de su denominación social a "Financiera Credinka S.A."; (ii) transferir el íntegro de la cartera de créditos hipotecarios MiVivienda de la Caja en favor de la Financiera; y, (iii) llevar a cabo una fusión por absorción entre la Caja y NCF Servicios Compartidos S.A. (en adelante, NCF), actuando NCF como sociedad absorbente y la Caja como sociedad absorbida, la que se extinguirá sin disolverse ni liquidarse; estableciéndose que a la entrada en vigencia de la fusión, la autorización de funcionamiento otorgada a la Caja por parte de esta Superintendencia quedará extinguida de pleno derecho; Que, al 31 de julio de 2015, la Caja cuenta con 40 oficinas autorizadas para operar, las mismas que se detallan en el Anexo adjunto a la presente Resolución y que son parte integrante del bloque patrimonial que absorberá la Financiera;

ORGANOS AUTONOMOS

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de la Nación el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Piura
RESOLUCIÓN S.B.S. Nº 4576-2015 Lima, 11 de agosto de 2015 La Intendente General de Banca VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 14419-2010 se autorizó al Banco de la Nación la apertura de quince (15)

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