Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 18 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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de Servicios de Saneamiento - SUNASS y a la Junta General de Socios de la EPS. Regístrese, comuníquese y publíquese FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1324830-2

Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2015-VIVIENDA Lima, 17 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2014-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 4 488 740 633,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12, de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 de dicho artículo se efectúan mediante Resolución del titular del pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 1213-2015-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar el dispositivo que autorice diversas Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 15 765 947,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño; para lo cual se han suscritos los convenios de financiamiento correspondientes en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisándose que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 3626-2015/VIVIENDAOGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 5792015/VIVIENDA-OGPP-OP, de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución

Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 15 765 947,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas a financiar actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño, para lo cual se han suscrito los convenios de financiamiento correspondientes, en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, es necesario aprobar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 15 765 947,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de doce (12) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y de los posibles efectos que pudiera ocasionar el Fenómeno El Niño; De conformidad con lo establecido la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS EMAPA HUACHO S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 077 886,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de la Provincia de Huaura "Domingo Mandamiento Sipán" - EMAPA HUACHO S.A., destinada al financiamiento de la adquisición y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y el Fenómeno El Niño. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS CHAVIN S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 136 495,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVIN S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño. Artículo 3.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SELVA CENTRAL S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SETECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 711 956,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central S.A. - EPS SELVA CENTRAL S.A., destinada al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del periodo de lluvias y del Fenómeno El Niño.

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