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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2015 (23/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Lunes 23 de marzo de 2015 549232 Judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de Administración de Justicia en benefi cio de los justiciables; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas puede designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados Supernumerarios que están en el ejercicio de la función jurisdiccional. Por tales consideraciones, en uso de las facultades otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor IVAN ALBERTO VELAZCO LOPEZ, en su condición de Juez Titular del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ventanilla, a partir del día 19 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor RICARDO JONNY MORENO CCANCCE, en su condición de Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Ventanilla, a partir del día 19 de marzo del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER LA INCORPORACIÓN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor WALTER DAVID GOMEZ AMPUDIA, en su condición de Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, a partir del día 19 de marzo del presente año. Artículo Cuarto.- DAR POR CONCLUIDA la designación de los señores doctores Graciela Bernabé Quintanilla Saico, Fernando Javier Espinoza Jacinto y Alicia Angélica Asencios Agama, agradeciéndoles por los servicios prestados a esta Corte Superior de Justicia. Artículo Quinto.- DISPONER que bajo responsabilidad los ex – Magistrados remplazados por designación de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura deberán presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, así como deberán proceder a la ENTREGA INMEDIATA de las credenciales de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que deberán ser devueltas ante la Secretaría de la Presidencia de la Corte de Ventanilla. Artículo Sexto.- DISPONER el retorno de los ex – Magistrados, que a la fecha ostentan la condición de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen, en el día y bajo responsabilidad funcional. Artículo Sétimo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia de Recursos Humanos del Poder Judicial, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Ofi cina de Administración Distrital y de los Magistrados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1214604-1 Aprueban cronograma de realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias de las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 100-2015-P-CSJLN/PJ Independencia, veintinueve de enero del dos mil quince. VISTA: La Resolución, Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, del diez de marzo del dos mil once. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN