Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2015 (10/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Sábado 10 de octubre de 2015
ORDEN DE INICIO INSPECCIÓN Nº 691-2015MTC/12.07 FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE

NORMAS LEGALES
INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE Inspección Técnica Física y documentaria por proceso de certificación de Estación de Línea Internacional para ampliación de operaciones aéreas Inspección Técnica Física y documentaria por proceso de certificación de Estación de Línea Internacional para ampliación de operaciones aéreas

563649
RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs

13-oct 16-oct US$ 800.00

LAN PERU S.A.

MEDINA República RODRIGUEZ, Antofagasta de Chile ADOLFO RAMÒN

15084-15085

692-2015MTC/12.07

13-oct 16-oct US$ 800.00

LAN PERU S.A.

PARODI SOLARI, República Antofagasta OSCAR ALBERTO de Chile

15084-15085

1296890-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2015-VIVIENDA Lima, 7 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2014-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento por la suma de S/. 4 488 740 633,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 de dicho artículo, se efectúan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, establece que el ente rector ejecuta transferencias extraordinarias de recursos destinadas a financiar estudios de preinversión, la ejecución de proyectos de inversión o de programas orientados al fortalecimiento de la gestión de los servicios de saneamiento; las mismas que se realizan preferentemente a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, las cuales están sujetas a las condiciones de sostenibilidad que se establezca en el Reglamento y son efectuadas bajo el marco del Programa Nacional de Saneamiento

Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Memorándum Nº 925-2015-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicitó gestionar el dispositivo que autorice las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 9 258 326,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de seis (06) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, para lo cual se han suscritos los convenios de financiamiento en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisándose que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 3042-2015/VIVIENDAOGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 467-2015/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 9 258 326,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de seis (06) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, para lo cual se han suscrito los respectivos convenios de financiamiento en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, es necesario aprobar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 9 258 326,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de seis (06) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo N° 3042012-EF;

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