Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2015 (10/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

563650
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 10 de octubre de 2015 /

El Peruano

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 032 585,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima (EPS GRAU S.A.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPSSMU S.R.L. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 148 947,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Utcubamba S.R.L., (EPSSMU S.R.L.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 3.- Transferencia Financiera a favor de la EMAPAB S.R.L. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 199 063,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua S.R.L. (EMAPAB S.R.L.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 4.- Transferencia Financiera a favor de la EMUSAP S.R.L. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 949 597,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Amazonas Sociedad de Responsabilidad Limitada (EMUSAP S. R. L.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 5.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDACAJ S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción

y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 206 392,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de Cajamarca S.A. (EPS SEDACAJ S.A.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 6.- Transferencia Financiera a favor de la EPS MARAÑÓN S.R.L. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 721 742,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora Servicios de Saneamiento Jaén ­ Perú (EPS Marañón S.R.L.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 7.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en los artículos precedentes de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 8.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 9.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realizan las presentes transferencias, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 10.- Información Las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento señaladas en los artículos 1, 2, 3, 4 5 y 6 de la presente Resolución Ministerial, informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades de operación y mantenimiento, adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño; en el marco de los convenios suscritos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1297299-1

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