NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (26/09/2015)
CANTIDAD DE PAGINAS: 148
TEXTO PAGINA: 76
562342 NORMAS LEGALES Sábado 26 de setiembre de 2015 / El Peruano Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 458 618,00), a favor del pliego: 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para ser destinado a fi nanciar el inicio de la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública, concernientes a Centros de Innovación Tecnológica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 458 618,00), a favor del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para fi nanciar el inicio de la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública concernientes a Centros de Innovación Tecnológica, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Pro- ceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 13 458 618,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 458 618,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 241 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093 : Desarrollo Productivo de las Empresas PROYECTO 2269052 : Instalación de Servicios Tecnológicos en la cadena productiva de madera dis- trito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 037 165,00 PROYECTO 2271690 : Instalación de Servicios Tecnológicos para la ca- dena productiva del sector pesquero amazónico en el distrito de Calleria, provin- cia de Coronel Portillo en la región de Ucayali FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 357 125,00 PROYECTO 2274395 : Creación de Servicios Tecnológicos para la cadena productiva de madera y la agroindustria de productos de castaña, cacao y copoazú, distrito de Tambopata, provincia Tambopata, departamento Madre de Dios FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 7 064 328,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 458 618,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.