Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2016 (01/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de abril de 2016 /

El Peruano

ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO a) Aprobar el Plan Urbano o Rural del Centro Poblado según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales y distritales sobre la materia. b) Autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental. c) Elaborar y mantener su catastro de centro poblado. d) Disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques y plaza; y la numeración predial. e) Reconocer los Asentamientos Humanos y promover su desarrollo y formalización. f) Realizar la cobranza del Impuesto Predial y arbitros de su jurisdicción. g) Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de: · Habilitaciones urbanas. · Construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábricas. · Ubicación de avisos y propaganda política. · Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación. · Construcción de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza. · Las demás funciones específicas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia. SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD a) Proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios b) Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales. c) Instalar y mantener servicios higiénicos y baños de uso público. d) Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. e) Expedir carnés de sanidad. TRÁNSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE PÚBLICO a) Establecer la nomenclatura y señalización de calles y vías de acuerdo con la regulación provincial y en coordinación con la municipalidad provincial. b) Otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial. ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS a) Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas provinciales. b) Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial. c) Realizar el control de pesos y medidas, así como el del acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. d) Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de mercados de abastos que atiendan las necesidades de los vecinos de su jurisdicción. e) Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de camales, silos y locales similares, para apoyar a los productores y pequeños empresarios locales. f) Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.

Las demás que resulten compatibles con su naturaleza y se encuentran establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades o le sean delegadas expresamente por la Municipalidad Provincial de Huaura. Artículo 9º.- DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES DELÉGUESE, a la Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo las atribuciones administrativas, económicas y tributarias, necesarias para el cumplimento de las funciones precedentemente delegadas para cuyo efecto y teniendo en cuenta las Directivas que se dictarán mediante Decreto de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Huaura, la Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo, deberá aprobar mediante Ordenanza su Texto Único de Procedimientos Administrativos y demás instrumentos de gestión necesarios sujetos a la previa revisión y aprobación por la Municipalidad Provincial de Huaura. Artículo 10º.- RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD Considérese como recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo las rentas facultadas a recaudar mediante el dispositivo legal de su creación, así como los que implique la presente Ordenanza. La delegación de los servicios públicos locales que asuman las Municipalidades de Centros Poblados en lo que al concepto de arbitrios se refiere, está comprendida dentro de los alcances del artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades. La recaudación de los recursos que efectúe por delegación expresa, se entenderán como transferencias efectuadas por parte de la Municipalidad Provincial o Distrital pertinente, para cuyo efecto, debe rendir cuenta mensualmente de los importes recaudados por dicho concepto. Artículo 11º.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL Los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo seguirá percibiendo en su integridad los ingresos que hasta la fecha venía recaudando por conceptos delegados, debiendo adecuarse gradualmente a partir de la presente Ordenanza por los nuevos servicios. Segunda.- El manejo presupuestal de los recursos transferidos a la Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo, se efectuará de acuerdo con las directivas específicas emitidas por la Dirección Regional de Presupuesto Público y la Municipalidad Provincial de Huaura, a través de la Gerencia de Planeamiento. Tercera.- La Municipalidad del Centro Poblado de Medio Mundo se adecuará según las competencias y funciones dispuestas en la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en un diario del ámbito encargado de las publicaciones judiciales. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. PEDRO JULIO ZURITA PAZ Alcalde Provincial 1362005-1

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