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583071 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de abril de 2016 El Peruano / 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RENOVAR la autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales a la empresa denominada E. CABRERA BREVETES E.I.R.L., otorgada mediante Resolución Directoral Nº 397-2011-MTC/15, y sus locales ubicados en la ciudad de Chiclayo y Tumbes, autorizadas con Resoluciones Directorales N°s. 2816-2011-MTC/15 y 2407-2012- MTC/15 respectivamente, con la finalidad de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías I, II y III y Clase B Categoría II- c; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela: E. CABRERA BREVETES E.I.R.L. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicación de los Establecimientos: SEDE PRINCIPAL (TRUJILLO) Ofi cinas Administrativas, Au- las de Enseñanza y Taller de Instrucción Teórico-Práctico de Mecánica Calle Tchaikowsky N° 430, 3er. piso, Urbanización Primavera, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Circuito de manejo alternativo Mz. M Lt. 01-A, Sector III, El Milagro, distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad Circuito de Manejo con Con- formidad de Expediente Técnico Sector Wishansao, comprensión de la comunidad campesina de Hun- chaco, distrito de Huanchaco, pro- vincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Aulas para la enseñanza teórica Capacidad de Alumnos Aula N° 1 12 Aula N° 2 09 Aula N° 3 09 Taller Teórico - Práctico de Mecánica 08 SEDE CHICLAYO Ofi cinas Administrativas, Aulas de Enseñanza y Taller de Instrucción Teóri- co-Práctico de Mecánica Av. José Leonardo Ortiz N° 479, 2do. Piso, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lam- bayeque Circuito de manejo alter- nativo Predio Campamento, Sector Chacupe, Valle Chancay, distrito de la Victoria, provincia de Chi- clayo y departamento de Lam- bayeque Circuito de Manejo con Conformidad de Expedi- ente Técnico Predio rústico Tonope o Monte del Quince, UC N° 116891, Sec- tor Valle de Chancay, distrito, pro- vincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque Aulas para la enseñanza teórica Capacidad de Alumnos Aula N° 1 15 Aula N° 2 09 Taller Teórico - Práctico de Mecánica 12 SEDE TUMBES Ofi cinas Administrativas, Aulas de Enseñanza y Taller de Instrucción Teórico-Prác- tico de Mecánica Mz. 20, Lote 09, 2do. y 3er. Piso, Urbanización Andrés Araujo Morán, distrito, provincia y departamento de Tumbes Circuito de manejo alterna- tivo Predio rústico Puerto El Cura, Uni- dad Catastral N° 11460 – Tumbes Circuito de Manejo con Conformidad de Expediente Técnico Predio Puerta El Cura C.P/PARC 054, U.C 00000, distrito, provincia y departamento de Tumbes Aulas para la enseñanza teórica Capacidad de Alumnos Aula N° 1 15 Aula N° 2 11 Taller Teórico - Práctico de Mecánica 12 Plazo de Autorización: Cinco (05) años, el mismo que es computado a partir del 26 de marzo de 2016 Artículo Segundo.- La empresa denominada E. CABRERA BREVETES E.I.R.L., deberá tener presente que la renovación de la autorización estará igualmente supeditada al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en El Reglamento. Por ello, se señala que de conformidad a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 009-2015-MTC, deberá presentar hasta el 31 de mayo de 2016, copias de las conformidades de obras de los circuitos de manejo emitidas por las municipalidades competentes a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo que a la fecha cuenta con las conformidades del expediente técnico de las características especiales de los circuitos de manejo ubicados en los departamentos de Trujillo, Chiclayo y Tumbes. Artículo Tercero.- La empresa denominada E. CABRERA BREVETES E.I.R.L., está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Artículo Cuarto.- La empresa denominada E. CABRERA BREVETES E.I.R.L., deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Séptimo.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral.