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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (23/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 130

607584 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2016 / El Peruano en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 423-MDSMP se aprobó el benefi cio tributario extraordinario 2016, a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres, estableciéndose en su artículo quinto que la vigencia del indicado benefi cio será hasta el día 23 de diciembre de 2016; Que, la cláusula octava de las disposiciones complementarias y fi nales de la Ordenanza N° 423-MDSMP faculta al Señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía, prorrogue el plazo de vigencia de indicada ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento; Que, mediante Informe N° 139-2016-GAT/MDSMP la Gerencia de Administración Tributaria considera pertinente seguir brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y en ese sentido se prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 423-MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2016; Estando a lo expuesto con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe N° 1950 -2016-GAJ/MDSMP, y lo dispuesto en los artículos 20°, inciso 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2016 el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 423-MDSMP de fecha 28/11/2016, mediante la cual se aprobó el benefi cio tributario extraordinario 2016, a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información la publicación en el portal web de esta corporación municipal; Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1466452-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Asignan la zonificación Otros Usos a predio ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez, conforme al plano denominado “Asignación de Zonificación Hospital San José” CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2016 Callao, 13 de diciembre de 2016 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 16-2016-MPC/CMPC-SR- COPO de la Comisión de Población, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 9 inciso 5 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034- 2004; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000018 del 5 de octubre de 1995, se aprobó el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010 el cual se encuentra vigente, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 011-2015; Que, mediante Memorando N° 2796-2016-MPC/ GGDU la Gerencia General de Desarrollo Urbano remite el Informe N° 1662-2016-MPC/GGDU-GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro recomienda modifi car el Plan Urbano Director vigente a la fecha, asignando la zonifi cación (OU) al predio ubicado en la intersección de la Av. Faucett y Morales Duárez en la margen izquierda del Rio Rímac, a fi n de desarrollar el proyecto del nuevo hospital San José; Que, mediante el Memorando N° 784-2015-MPC- GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación opina que resulta procedente modificar el Plan Urbano Director vigente asignando la zonificación (OU) al predio ubicado en la intersección de la Av. Faucett y Morales Duárez en la margen izquierda del Rio Rímac; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE ASIGNA LA ZONIFICACIÓN OTROS USOS (OU) A UN PREDIO UBICADO EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS ELMER FAUCETT Y MORALES DUÁREZ Artículo 1.- Apruébase la asignación de zonifi cación Otros Usos (OU) al predio de 9,435.72 m2. ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez en el Cercado Callao, en la margen izquierda del Rio Rímac, conforme al plano denominado “Asignación de Zonifi cación Hospital San José”, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Modifícase en lo correspondiente el Plan Urbano Director aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 000018 del 5 de octubre de 1985, vigente conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 011-2015. Artículo 3.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal y su Anexo en el Portal Institucional www. municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 4.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1465982-1