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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (23/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 136

607590 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2016 / El Peruano Apruébese el monto mensual de la valorización priorizada por Atención Primaria de Salud, y de la valorización priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial, a que se refi ere el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modifi catorias, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, de acuerdo al siguiente detalle: 1.1 Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud Personal de la Salud S/ Médico Cirujano. 950,00 Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico, Químico y Técnico especializado de los Servicios de Fisioterapia, Laboratorio y Rayos X. 630,00 Personal de la Salud Técnico y Auxiliar Asistencial. 310,00 1.2 Valorización Priorizada por Atención Especializada a) Valorización Priorizada por Atención Especializada en Establecimientos de Salud Estratégicos I-4 hasta el Nivel II Personal de la Salud S/ Médico Cirujano. 1 270,00 Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico. 650,00 b) Valorización Priorizada por Atención Especializada en Hospitales e Institutos Especializados Nivel II y Nivel III Personal de la Salud S/ Médico Cirujano. 900,00 Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico. 450,00 Artículo 2.- Transferencia de Partidas 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 7 404 075,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial para el pago de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y de la Valorización Priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refi ere el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modifi catorias, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 7 404 075,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 7 404 075,00 ========== A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 81 150,00 PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 2 079 405,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 5 243 520,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 7 404 075,00 ========== 2.2 Los pliegos habilitados en el numeral 2.1 del presente artículo y los montos de la transferencia de partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo 1 “Costo diferencial para el pago de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y de la Valorización Priorizada por Atención Especializada”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del