Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 238

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de diciembre de 2016 /

El Peruano

(i) un factor "" determinado por la sumatoria del grado de cumplimiento ponderado de metas; (ii) un factor "" que premia a aquellos municipios que han cumplido la totalidad de sus metas evaluadas en el año 2017 (metas al 31 de diciembre de 2016 y metas al 31 de julio de 2017); y (iii) un factor "M" que está determinado por el grado del cumplimiento histórico de metas. En ese sentido, para la construcción del índice se tomará en cuenta las siguientes consideraciones: a. Cada grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU) tendrá un "Ranking de cumplimiento de metas". b. Para el cálculo de los componentes y , el índice I considerará los resultados obtenidos por cada municipalidad en cada una de las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2016 y al 31 de julio de 2017, evaluadas durante el año 2017, e informados, según sea el caso, por las entidades responsables de la evaluación de metas, según lo señalado en el artículo 8 de los presentes procedimientos. c. Para el componente "M" se tomará en cuenta el número de metas cumplidas por las municipalidades desde julio 2011 hasta julio 2016, el cual será multiplicado por un coeficiente de 0.0001. De acuerdo a lo señalado, el índice "I" que determina la posición en el "Ranking de cumplimiento de metas" se determina a partir los componentes , y M: Componente El componente se calcula considerando la suma ponderada de los puntajes alcanzados en las metas, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 3 del Decreto Supremo N° 400-2015-EF para las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2016 y el Anexo Nº 2 de los presentes procedimientos para las metas correspondientes al 31 de julio de 2017, las cuales se evalúan durante el año 2017. A esta suma ponderada, se le aplica un factor de escalamiento que permite que el componente tenga valores entre 0 y 1 y está dado por la suma de los valores máximos alcanzados en cada periodo, para cada grupo de municipios. Dichos valores máximos se determinan a partir del mayor puntaje ponderado que se obtuvo en cada grupo. Lo mencionado previamente se expresa en la siguiente fórmula:

- Para las metas al 31 de diciembre de 2016, corresponde los ponderadores aprobados en el Anexo N° 03 del Decreto Supremo N° 400-2015-EF. - Para las metas al 31 de julio de 2017, corresponde los ponderadores aprobados en el Anexo N° 02 del presente Decreto Supremo. Máximo puntaje31dic2016 = Es el máximo valor alcanzado en el cumplimiento de metas evaluadas al 31 de diciembre de 2016 por alguna de las municipalidades dentro del grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). Este valor se calcula como la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada meta por su respectivo ponderador. Para el caso de las municipalidades nuevas, incorporadas en el PI mediante el presente decreto supremo, el valor de esta sumatoria será cero (0). Máximo puntaje31jul2017 = Es el máximo valor alcanzado en el cumplimiento de metas evaluadas al 31 de julio de 2017 por alguna de las municipalidades dentro del grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). Este valor se calcula como la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada meta por su respectivo ponderador.

Donde para cada municipio j dentro del grupo m:

Componente El componente está referido al nivel idóneo de cumplimiento de metas. Debido a que es deseable que el 100% de municipios haga el esfuerzo máximo por cumplir el 100% de metas, este componente tomará el valor de 1.5, si el municipio para cada grupo cumplió el 100% de las metas planteadas para dicho periodo, y de 1 si no llegó a cumplir el 100% de sus metas. Esto se expresa de manera que se premie a los municipios que han cumplido con esta condición, tal como se muestra:

Componente M El factor "M" premia el nivel de cumplimiento histórico de metas desde julio de 2011 hasta julio de 2016. Dicha valoración se multiplica por un coeficiente de 0.0001, que toma un valor pequeño a fin que no sea determinante para el posicionamiento del municipio en el "Ranking de cumplimiento de metas". Para el caso de las nuevas municipalidades, incorporadas en el PI mediante el presente decreto supremo, el valor de este producto será cero (0).

Donde: i: denota la meta "i" consideradas en el Anexo Nº 3 del Decreto Supremo N° 400-2015-EF para las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2016 y el Anexo Nº 2 de los presentes procedimientos para las metas correspondientes al 31 de julio de 2017. m: Grupo "m" de municipios según la clasificación municipal (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). j: Municipio "j" en cada grupo "m" de municipios, donde j toma valores entre 1 y n, según se indica: j = [1; 40] para el grupo CPA j = [1; 210] para el grupo CPB j = [1; 577] para el grupo No CP con 500 o más VVUU j = [1; 1047] para el grupo No CP con menos de 500 VVUU Puntaje = Es el puntaje obtenido en las metas evaluadas durante el año 2017 (31 de diciembre de 2016 y 31 de julio de 2017), según las consideraciones establecidas en los respectivos instructivos. Ponderador = Es el valor determinado en los procedimientos aprobados para el cumplimiento de metas y asignación de recursos PI 2016 y 2017.

Índice I Empleando los tres componentes descritos previamente, se construye el índice I tal como se muestra:

Anexo Nº 06: Formatos de uso de los recursos transferidos durante el Año Fiscal 2017 por cumplimiento de metas del Programa de Incentivos a) Recursos recibidos por cumplimiento de metas: En esta sección se debe indicar los recursos obtenidos por el cumplimento de las metas. Incluir el monto del bono adicional si corresponde.

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