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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2016 (01/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 22

574048 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28749, modifi cada por el Decreto Legislativo N° 1207, se aprobó la Ley General de Electrifi cación Rural, con el objeto de establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrifi cación Rural (en adelante el Reglamento), con el objeto de reglamentar el marco normativo para la promoción y el desarrollo efi ciente y sostenible de la electrifi cación de zonas rurales, localidades aisladas y de fronteras del país; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley General de Electrifi cación Rural, el Ministerio de Energía y Minas elabora el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER), a largo plazo, con un horizonte de diez (10) años, el mismo que consolida los proyectos de electrifi cación rural de los gobiernos regionales y locales, los programas de expansión de las empresas concesionarias de distribución eléctrica y de electrifi cación rural, y los programas o proyectos a desarrollarse o que son aprobadas por el Gobierno Nacional; Que, el artículo 12 del Reglamento señala que el PNER constituye un documento de gestión a largo plazo, con un horizonte de planeamiento de diez (10) años, que contiene las políticas, objetivos, estrategias, metodologías, relación de proyectos y fuentes de fi nanciamiento, para el desarrollo ordenado y priorizado de la electrifi cación rural en el largo plazo; Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 04 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la aplicación de Fondos Concursables - Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, con la calidad de órgano absorbente, la misma que entró en funciones el 01 de enero de 2008; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento, la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas ha formulado el PNER correspondiente al periodo 2016-2025; Que, el artículo 18 del Reglamento establece que el PNER es aprobado por el Titular del Sector Energía y Minas, y que la resolución aprobatoria será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y el Plan será difundido en la página web del Ministerio a partir del día siguiente de dicha publicación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749 - Ley General de Electrifi cación Rural; el Decreto Legislativo N° 1207; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electrifi cación Rural y sus modifi catorias; el Decreto Ley N° 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Decreto Supremo N° 031-2007- EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) correspondiente al periodo 2016-2025. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, la difusión del Plan Nacional de Electrifi cación Rural (PNER) que se aprueba en el Artículo 1 que antecede, así como disponer su publicación en la página web del Ministerio de Energía y Minas a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1329504-1 INTERIOR Designan Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0923-2015-IN Lima, 31 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de público de confi anza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio del Interior; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo público de confi anza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Marco Albujar Velásquez, en el cargo público de confi anza de Asesor 1 del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1329538-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial, para financiar intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0335-2015-JUS Lima, 28 de diciembre de 2015 VISTO, el ofi cio N° 708-2015-UE-PMSAJ-MINJUS, del Director Ejecutivo (e) del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia PMSAJ – Primera Etapa, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 248-2011-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 26 000 000,00 (Veintiseis millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a fi nanciar parcialmente la Primera Fase del Programa “Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ ) - Primera Etapa” suscribiéndose el Contrato Préstamo No 2534/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ( BID ), de fecha 09 de enero de 2012; Que, el artículo 3 de la norma acotada señala textualmente que la Unidad Ejecutora de la Primera Fase del Programa “Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) Primera Etapa” será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) que actuará por intermedio de la Unidad Ejecutora del Programa (UE – PMSAJ – MINJUSDH) y el Poder Judicial (PJ) que actuará por intermedio de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el PJ (UCP – PMSAJ – PJ) que a su vez contará con el apoyo de la Unidad Ejecutora N° 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002- PJ); Que, mediante Resolución Ministerial N° 0030- 2012-JUS, se crea la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UE-PMSAJ-MINJUS);