Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2016 (24/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 24 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

576401

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban la "Directiva para el Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos orientado a Resultados"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2016-PCM Lima, 22 de enero de 2016 VISTO: El Memorándum N° 0023-2016-PCMSD de fecha 12 de enero de 2016 de la Secretaría de Descentralización; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y, que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, de acuerdo a lo previsto en la Octava Política de Estado, contenida en el Acuerdo Nacional, la descentralización, en sus ámbitos político, económico y administrativo, propicia el desarrollo integral, armónico y sostenido del Perú; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es la entidad encargada de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, en mérito a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Miinistros aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus normas modificatorias; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2. del artículo 1 del Decreto Supremo N° 007-2007-PCM, toda referencia normativa al Consejo Nacional de Descentralización - CND o a las competencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo, se entenderá como hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de conformidad con el artículo 24 de la Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 83 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Sétima Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, el proceso de transferencia de competencias sectoriales se ha venido desarrollando sobre la base de planes anuales de transferencia, formulados por la Secretaría de Descentralización y aprobados por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, al haberse transferido a los gobiernos regionales casi la totalidad de las 185 funciones previstas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y a fin de continuar con la descentralización administrativa, se introdujo en el año 2009 un nuevo enfoque basado en la "Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos", el mismo que fue aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0472009-PCM, donde cada nivel de gobierno (nacional, regional y local) asume un rol específico en la línea de producción de los servicios que brinda el Estado, guardando concordancia con las funciones que tienen asignadas en sus respectivas leyes orgánicas, que vienen siendo materia de transferencia, bajo los principios de corresponsabilidad, complementariedad y subsidiariedad; Que, asimismo, en el marco de la Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional "Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado", la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado que declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio

del ciudadano y la "Estrategia de Modernización de la Gestión Pública", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 109-2012-PCM, se ha aprobado la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública ­ PNMGP, por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, como principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, aprobandose además un Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016 mediante Resolución Ministerial Nº 125-2013-PCM, bajo un enfoque de gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano; Que, atendiendo a este marco normativo, resulta necesario contar con un criterio ordenador que configure un marco conceptual y metodológico común para el desarrollo del modelo de gestión descentralizada de los servicios públicos que permita a los tres niveles de gobierno, a través de las Comisiones Intergubernamentales, diseñar e implementar modelos específicos de gestión descentralizada orientado a resultados, con enfoque territorial; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 numeral 2.2. del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, el desarrollo de la Gestión Descentralizada cuenta con determinados lineamientos que deben ser implementados por los Ministerios con la asistencia técnica, según corresponda, de la Secretaría de Descentralización, Secretaría de Gestión Pública y el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con la normativa vigente, quienes establecerán las disposiciones para el desarrollo de los componentes señalados, de acuerdo a la naturaleza de las competencias y funciones transferidas, en concertación con los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco de las Comisiones Intergubernamentales; De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, el Decreto Supremo N° 004-2013PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2016PCM/SD ­ "Directiva para el Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos orientado a Resultados", que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Secretaría de Descentralización la responsabilidad de difundir la Directiva N° 001-2016-PCM/SD, aprobada mediante el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la presente resolución ministerial y su Anexo serán públicadas en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) al día siguiente de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1337524-1

DEFENSA
Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG
DECRETO SUPREMO Nº 001-2016-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2009-DE/ SG se modificó el Reglamento de Viajes al Exterior del

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