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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (18/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 77

578383 NORMAS LEGALES Jueves 18 de febrero de 2016 El Peruano / de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante la Ley Nº 28056 Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Informe Nº 0027-2016-GPP/ MDPP, de fecha 20 de Enero del 2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados del Distrito de Puente Piedra, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y la ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modifi catorias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º Inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto en MAYORIA de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: Artículo Primero.- Aprobar, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra, el mismo que consta de tres títulos, un capitulo, siete artículos y siete disposiciones fi nales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Deróguese la Ordenanza Nº 259- MDPP, de fecha 16/06/2015, que aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en el Distrito de Puente Piedra para el año Fiscal 2,016, a fi n de mejorar el proceso participativo con enfoque multianual de acuerdo a las normas vigentes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fi nes y objetos de la presente Ordenanza, autorizando a las a través de las Unidades Orgánicas pertinentes las facilidades logísticas y fi nancieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico la publicación integral en el portal institucional, así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde ORDENANZA Nº 279- MDPP REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Aplicación La presente Ordenanza norma la regulación del procedimiento para la identifi cación y participación de los Agentes Participantes en el desarrollo del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en el marco de las disposiciones legales vigentes. Artículo 2º.- Base Legal ƒ Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. ƒ Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ƒ Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ƒ Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. ƒ Ley Nº 29298, Ley que Modifi ca la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo”. ƒ Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modifi catorias. ƒ D.S Nº 142-2009-EF, aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, ƒ Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01,Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. ƒ D.S Nº 097-2009-EF, que precisan criterios para delimitar los Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el Presupuesto Participativo. Artículo 3º.- Objetivo Se tiene como propósito promover, regular, complementar y establecer mecanismos y pautas para que faciliten el efectivo desarrollo del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Artículo 4º.- Finalidad. Establecer lineamientos para el desarrollo y procesos del Presupuesto Participativo Multianual basado en Resultados a fi n que sirva de herramienta para la toma de decisiones y propiciar la participación activa y concertada de la sociedad civil, en la priorización de acciones y proyectos vinculados a la solución de sus problemas que afectan el desarrollo de la comunidad. Artículo 5º.- Defi nición Básicas Para efectos del presente Reglamento, se considera: a) Presupuesto Participativo.- Es un proceso de concertación que se realiza para definir las prioridades de las acciones que implementara la corporación municipal, con la participación de la sociedad organizada; fortaleciendo las relaciones de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra con la sociedad, generando el compromiso de todos los participantes en la gestión del desarrollo. b) Agentes Participantes.- Son quienes participan activamente en la discusión, defi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados, así como suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. c) Equipo Técnico.- Son los funcionarios de la Corporación Municipal que brindan soporte técnico al proceso y a la actuación de los Agentes Participantes, facilitan información para el desarrollo de los talleres de trabajo, realizando la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos, así mismo preparan y presentan la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera, carecen de facultad de voto. Está integrado por: – Gerente de Planeamiento y Presupuesto - Presidente – Gerente de Participación Vecinal - Secretario Técnico – Gerente de Desarrollo Urbano - Miembro – Gerente de Inversiones Públicas - Miembro – Gerente de Desarrollo Económico - Miembro – Gerente de Gestión Ambiental - Miembro – Gerente de Desarrollo Humano - Miembro – Gerente de Seguridad Ciudadana y Fiscalización - Miembro Podrá además estar integrado por dos (02) representantes del Distrito con experiencia en Planifi cación