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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2016 (08/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 45

592347 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2016 El Peruano / En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 244: Instituto Nacional de la Calidad, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 244: INSTITUTO NACIONAL DE LA CALIDAD7 542.00COMISIÓN PANAMERICANA DE NORMAS TÉCNICAS – COPANT 1 796.00CONFERENCIA DE ESTANDARIZACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS INTERNACIONALES – NCSLI 7 395.00COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA LA ACREDITACIÓN DE LABORATORIOS – ILAC 8 391.00COOPERACIÓN DE ACREDITACIÓN DEL PACÍFICO – PAC 21 116.00COOPERACIÓN DEL ASIA PACÍFICO PARA LA ACREDITACIÓN DE LABORATORIOS – APLAC 5 735.00FORO INTERNACIONAL DE ACREDITACIÓN – IAF 170 522.00ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE NORMALIZACIÓN – ISO Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1401864-1 Autorizan a la SUNAT efectuar pago de cuota al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 136-2016-RE Lima, 7 de julio de 2016VISTO: El O fi cio N° 28-2016-SUNAT/1M0000, de 03 de junio de 2016, de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2016, a favor del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT a efectuar el pago de la siguiente cuota: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 057 - SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAUSD 64,632.00Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1401864-2 SALUD Dan por concluidas las funciones del Comité Nacional Asesor de Expertos para preparación y respuesta ante la Enfermedad por Virus Ébola RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 472-2016/MINSA Lima, 7 de julio de 2016