Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2016 (27/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Lunes 27 de junio de 2016 /

El Peruano

Res. Nº 0772-2016-JNE.- Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. N° 001-2015-JEE-CHICLAYO/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo 590944 Res. Nº 0830-2016-JNE.- Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. N° 001-2016-JEE-LIMA OESTE3/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3 590945 RR. Nºs. 0835, 0838, 0839, 0841, 0842, 0843, 0844 y 0954-2016-JNE.- Declaran infundados y fundado recursos de apelación interpuestos contra resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Lima Sur 1 y Lima Sur 2 590946 Res. Nº 0847-2016-JNE.- Declaran fundada apelación interpuesta contra la Res. N° 001-2016-JEE-PIURA2/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Piura 2 590952 RR. Nºs. 0877 y 0880-2016-JNE.- Declaran fundadas apelaciones interpuestas contra resoluciones emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Arequipa 1 y Arequipa 2 590953 RR. Nºs. 0907, 0908 y 0910-2016-JNE.- Declaran infundada y fundadas apelaciones interpuestas contra resolución emitida por el Jurado Electoral Especial de Lambayeque 590955 Res. Nº 0947-2016-JNE.- Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. N° 0001-2016-JEE-MARISCAL NIETO/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto 590959 Res. Nº 0958-2016-JNE.- Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. N° 001-2016-JEE-AA/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial del Alto Amazonas 590960 Res. Nº 0976-2016-JNE.- Declaran infundada apelación interpuesta contra la Res. N° 0001-2016-JEECUSCO/JNE emitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco 590960 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 3357-2016.- Autorizan al BBVA Continental el traslado definitivo de agencias ubicadas en el departamento de Lima 590961 Res. Nº 3410-2016.- Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. la apertura de oficinas y agencia, así como el traslado de su oficina principal ubicadas en diversos departamentos del país 590962

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Res. Adm. Nº 207-2016-P/TC.- Disponen la compra de pasajes aéreos para la participación del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en evento que se realizará en la ciudad de Lima 590963

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA RR. Nºs. 172, 174 y 196-2016-GRA/GGR.- Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano de terrenos eriazos ubicados en las provincias de Islay y Caravelí, departamento de Arequipa 590964

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO D.A. Nº 002-2016-MDB.- Modifican el TUPA de la Municipalidad 590966 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza Nº 435-MSI.- Establecen medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro 590967 Ordenanza Nº 436-MSI.- Ordenanza que modifica el "Régimen Complementario de Devolución de Obligaciones Tributarias" aprobado por Ordenanza N° 177-MSI 590969 del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los

PODER EJECUTIVO

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 662-2016 DE/SG Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 421, del 25 de mayo de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 2852 CCFFAA/SG/CIOEC, del 01 de junio de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de junio al 01 de julio de 2016, con la finalidad de proveer entrenamiento al personal del Ejército del Perú y sostener reuniones con personal

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