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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (27/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 3

590909 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2016 El Peruano / Estados Unidos de América, del 27 de junio de 2016 al 01 de julio de 2016, con la fi nalidad de proveer entrenamiento al personal del Ejército del Perú y sostener reuniones con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1397244-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de mayo de 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2016-EF/50 Lima, 24 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, modifi cada por las Leyes Nºs 28323 y 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 28258, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 28258, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del artículo 16 del Reglamento de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modifi catorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas determinará los índices de distribución de la regalía minera del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente a través de una Resolución Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante los Ofi cios Nº 241-2016-INEI/DTDIS-DED y Nº 372-2016-INEI/DTDIS; por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el Ofi cio Nº 55-2016-SUNAT/5A0000; y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, mediante el Ofi cio Nº 48-2015-SUNEDU-15-15.01, en este último caso, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera del mes de mayo de 2016; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de mayo de 2016; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera y sus modifi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modifi catorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de mayo de 2016, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales benefi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de mayo de 2016 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en este último caso, en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modifi catorias. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN REGALÍA MINERA MAYO DE 2016 GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES ÍNDICE TOTAL 1.0000000000 GOBIERNOS LOCALES AMAZONAS CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS 0.0000000088 ASUNCION 0.0000000003 BALSAS 0.0000000256 CHETO 0.0000000005 CHILIQUIN 0.0000000006 CHUQUIBAMBA 0.0000000011 GRANADA 0.0000000004 HUANCAS 0.0000000013 LA JALCA 0.0000000050 LEIMEBAMBA 0.0000000017