Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2017 (30/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 30 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 3.- Encargar al señor Ricardo Labó Fossa, Viceministro de Minas, las funciones del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 4 de junio de 2017 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- Encargar al señor Hugo Alberto Sulca Sulca, Director General de la Dirección General de Electrificación Rural, las funciones de Director General de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 4 de junio de 2017 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 5.- Encargar a la señora Martha Inés Aldana Durán, Directora General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, las funciones de Director General de la Dirección General de Eficiencia Energetica del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 4 de junio de 2017 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 6.- Disponer que los funcionarios y/o servidores públicos cuyo viaje se autoriza presenten al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el evento. Artículo 7.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1526511-1

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a Cuba, por tratamiento médico altamente especializado; y dejan sin efecto la R.M. N° 156-2017-IN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 466-2017-IN Lima, 29 de mayo de 2017 VISTOS, el Oficio N° 279-2017-IN/SALUDPOL-GG, de fecha 19 de mayo de 2017, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, el Informe N° 000791-2017/ IN/OGAJ, de fecha 25 de mayo de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 204-2014-IN, de fecha 17 de octubre de 2014, se autoriza el viaje a la ciudad de La Habana ­ República de Cuba del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, actualmente en Situación de Retiro, a fin de recibir el primer ciclo de tratamiento médico quirúrgico y rehabilitación altamente especializado, por un periodo de ciento doce (112) días; Que, mediante Decreto N° 107-2015-IN.SALUDPOLGG.SEC, de fecha 5 de agosto de 2015, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, aprueba el financiamiento para continuar con el tratamiento del programa Neuro Restaurativo de Medicina Física y de Rehabilitación, con la posibilidad de intervención quirúrgica altamente especializado, en los Centros Altamente Especializados de La Habana ­ República de Cuba, a través de la empresa de Servicios Médicos Internacionales S.A.C., del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, actualmente en Situación de Retiro, a llevarse a cabo en un periodo de tres ciclos más, de ochenta y cuatro (84) días cada uno; Que, mediante Resolución Suprema N° 241-2015IN, de fecha 27 de noviembre de 2015, se autoriza el

viaje al exterior del país del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, actualmente en Situación de Retiro, a fin que cumpla con el segundo ciclo de su tratamiento médico altamente especializado en la ciudad de La Habana ­ República de Cuba; Que, a través de la Carta S/N, de fecha 1 de julio de 2016, la Gerencia de Operaciones de los Servicios Médicos Internacionales S.A.C. hace extensivo el Informe Médico, de fecha 30 de mayo de 2016, del Centro Internacional de Salud La Pradera, que recomienda al Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, actualmente en Situación de Retiro, permanecer en reposo relativo en su país por un período de 60 a 90 días como máximo y retornar a la República de Cuba para continuar con la rehabilitación correspondiente; Que, con Acta de Conformidad N° 01-2016dnc, de fecha 8 de agosto de 2016, la Junta Médica Interespecialidades de la Policía Nacional del Perú señala que el Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jorge William Arcela Godoy, se encuentra en el Perú cumpliendo un periodo de noventa (90) días de recuperación después de haber culminado satisfactoriamente el segundo ciclo de rehabilitación neurológica multifactorial intensiva y personalizada, para luego continuar con su tercer ciclo de rehabilitación de los cuatro ciclos programados; asimismo, concluyen que la intervención quirúrgica, las rehabilitaciones realizadas, así como las recomendaciones indicadas al citado paciente son pertinentes y oportunas por lo que afirman en su totalidad su conformidad; Que, mediante Oficio N° 761-2016-IN-SALUDPOL/ GG, de fecha 18 de octubre de 2016, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, hace de conocimiento a la Dirección de Personal y Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú sobre el Informe N° 2532-2016-INSALUDPOL-GG-EFCP-AM, de fecha 30 de setiembre de 2016, del Área de Auditoría Médica de SALUDPOL, que recomienda continuar con las acciones administrativas correspondientes a la solicitud del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jorge William Arcela Godoy, esto es, continuar con el tercer ciclo de rehabilitación de los cuatro ciclos programados; Que, mediante Informe N° 007-2017-DIRECFIN-PNPDIVDEBEN-DEPADM, de fecha 5 de enero de 2017, la División de Derechos y Beneficios de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú indica que al Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jorge William Arcela Godoy se le aplica el 20% de la Compensación Extraordinaria por Tratamiento Médico Altamente Especializado, aprobada por Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, cuya totalidad corresponde a la suma ascendente de US$ 2 662.97, toda vez que el Centro Médico Especializado en la ciudad de La Habana ­ República de Cuba, provee el alojamiento y alimentación del citado Suboficial, para lo cual se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000085, de fecha 13 de enero de 2017, de la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, a fin que se continúe con el tercer ciclo de rehabilitación médica en la ciudad de La Habana ­ República de Cuba; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Jorge William Arcela Godoy, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar personal y en el ámbito de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria por tratamiento médico altamente especializado, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial N° 156-2017IN, de fecha 17 de marzo de 2017, se autorizó el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú

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