Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2017 (12/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Fiscal de Junín, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarma, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3007-2017-MPFN, de fecha 21 de agosto de 2017. Artículo Vigésimo Sexto.- Designar al abogado Jürghens Martín Isaak Aicardi, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli. Artículo Vigésimo Séptimo.- Designar al abogado Dante Misael Olivera De La Cruz, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pichanaqui ­ Chanchamayo. Artículo Vigésimo Octavo.- Designar a los siguientes Fiscales Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarma: · Gaudencio Humberto Cullanco De La Cruz. · Joanie Lorena Castillo Rojas. · Flor De María Luyo Beltrán De De La Fuente. · Roberto Juan Pianchachi Toalino. Artículo Vigésimo Noveno.- Designar a abogada Cecilia Noemí Salguero Laura, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Yauli, Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli. Artículo Trigésimo.- Designar a abogada Yesica Rosana Aliaga Santivañez, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta de Tarma, Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarma. Artículo Trigésimo Primero.- Designar al abogado Manuel Flores Torrealva, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli. Artículo Trigésimo Segundo.- Designar al abogado Lyndon Marx Austin Arango Huamán, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pichanaqui ­ Chanchamayo. Artículo Trigésimo Tercero.- Designar a los siguientes Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarma: · Elías Revilla Zambrano. · Rosa Arelis Gutiérrez Palacios. · Eslava Paulina Palacios Quintana. · Claudia Belinda Chirito Cano. · Evelina Luz Soriano Michue. · Joel Adriano Martínez Rodríguez. · Jessica Karina Castañeda Romero. Artículo Trigésimo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal "g" del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Trigésimo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1564116-14

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Amplían autorización Gobernador de viaje de

AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE OTORGADO MEDIANTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N°034-2017-SO-GRL-CR, AL GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ADM. FERNANDO MELENDEZ CELIS, A LA CIUDAD DE SEÚL CAPITAL DE LA REPÚBLICA DE COREA DEL SUR DEL 02 AL 10 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2017, VIAJE QUE NO IRROGARÁ GASTOS AL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 007-2017-SE-GRL-CR: 01/09/2017 Iquitos, 1 de setiembre de 2017 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO.En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, celebrado el 01 de setiembre del año 2017, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales N°27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, y; CONSIDERANDO: Que, a mérito del Oficio N° 719-2017-GRL-P, de fecha 31 de Agosto del año 2017, emitido por el Gobernador Regional Lic. Adm. Fernando Melendez Celis, al Sr. Javier Alava Florindez, Consejero Delegado del Consejo Regional de Loreto, solicitando Ampliacion de Autorización de Viaje otorgado mediante el Acuerdo de Consejo Regional N°034-2017-SO-GRL-CR; documento que fue remitido a la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para su análisis, evaluación, elaboración de Informe y el Dictamen correspondiente, a efectos de solicitar al pleno del Consejo Regional de Loreto, se le otorgue mediante Acuerdo Regional ampliación para tal efecto, del 02 al 10 de Setiembre de 2017; Que, mediante Informe Legal N° 1438-2017-GRLORAJ, de fecha 31 de agosto del año 2017, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto, OPINA que es PROCEDENTE AMPLIAR, la autorización del viaje otorgado mediante el Acuerdo de Consejo Regional N°034-2017-SO-GRL-CR, adoptado en Sesion de Consejo Regional de fecha 04 de Agosto de 2017, en el sentido que debe autorizarse el viaje del Gobernador Regional de Loreto a la ciudad de Seúl del 02 al 10 de setiembre de 2017, de conformidad con el artículo 39° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867. Que, el inciso 24) del artículo 2° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto (RIC), aprobado mediante Ordenanza Regional N° 031-2008-GRL-CR, y sus modificatorias, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional, autorizar al Gobernador Regional, Vicepresidente y Consejeros, realizar viajes al exterior en misión oficial; Que, la Ley N° 27619 ­Regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuestos del Sector Público ­ Ley N° 30281; que en su artículo 10° señala que en el caso de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza el viaje mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal

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