Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2017 (12/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 12 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 2052 -2017.- Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de San Agustin de Arequipa a Brasil, en comisión de servicios 74 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0290-2017-JNE.- Confirman el Acuerdo de Concejo que declaró improcedente -entendiéndose como infundada- la solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima 74 Res. Nº 0336-2017-JNE.Confirman la Res. N° 014-2017-DNROP/JNE emitida por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones 79 Res. Nº 0351-2017-JNE.- Declaran concluido el proceso de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 y dictan diversas disposiciones 89 MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 3213, 3214, 3215, 3216, 3217, 3218, 3219, 3222, 3223, 3224, 3227, 3228, 3230, 3231, 3232, 3233, 3234, 3235, 3236 y 3237-2017-MP-FN.- Aceptan renuncia, dan por concluido nombramiento y nombran a fiscales en diversos Distritos Fiscales 95 Res. Nº 3220-2017-MP-FN.- Dejan sin efecto la Res. N° 2784-2017-MP-FN 102

RR. Nºs. 3221, 3225, 3229 y 3238-2017-MP-FN.- Dan por concluida designación, nombran y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales 102 Res. Nº 3226-2017-MP-FN.- Trasladan plazas de fiscales, convierten fiscalías, dan por concluídas designaciones y desginan fiscales en diversos Distritos Fiscales 104

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Acuerdo Nº 007-2017-SE-GRL-CR: 01/09/2017.Amplían autorización de viaje de Gobernador 106

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS Acuerdo Nº 039-2017/MC.Rectifican el cuarto considerando y los artículos Primero y Segundo del Acuerdo de Concejo N° 031-2017/MC 107

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res.N° 185-2017-OS/CD.- Aprueban Prepublicación de la Norma "Procedimiento para la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de CASE, Cargo Tarifario SISE y TRS dispuesta por Ley N° 30543"

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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