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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (15/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 15 de abril de 2018 El Peruano / mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de marzo de 2018. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de marzo de 2018, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese.OSCAR BERNUY VERAND Presidente del Consejo Directivo 1636578-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican el Procedimiento Específico “ Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico” DESPA-PE.01.34 (versión 1) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 09-2018/SUNAT/310000 Callao, 10 de abril de 2018CONSIDERANDO: Que con Decreto Supremo N° 062-2015-RE se rati fi có el “Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co” y con Decreto Supremo N° 003-2016-MINCETUR se puso en ejecución; Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2016/SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento especí fi co “Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co”, INTA-PE.01.34 (versión 1), recodi fi cado como DESPA-PE.01.34 (versión 1); Que con Decreto Supremo N° 003-2017-MINCETUR se puso en ejecución la Decisión N° 1 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co relativa al Reconocimiento de los Documentos Firmados Electrónicamente en el marco de la interoperabilidad de las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior;Que el Decreto Supremo N° 198-2017-EF modi fi có el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT, disponiendo cambios en las denominaciones de algunas unidades orgánicas; Que en consecuencia, resulta necesario adecuar el referido procedimiento a fi n de armonizarlo con la Decisión N° 1 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co así como con el texto vigente del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT; En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 245-D del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; y estando a la Resolución de Superintendencia Nº 190-2017-SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del procedimiento especí fi co “Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co”, DESPA-PE.01.34 (versión 1). Modifícase las Secciones III y V; el numeral 5 de la Sección VI; los numerales 2 y 3 del Rubro B1), el inciso a) del numeral 1 y el numeral 4 del Rubro B2), los numerales 1 y 2 del Rubro B3), el inciso b) del Rubro C1), y el numeral 3 del Rubro C3) de la Sección VII; y la Sección X del procedimiento especí fi co “Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co” DESPA-PE.01.34 (versión 1), aprobado mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2016/SUNAT/5F0000, conforme al texto siguiente: “III. RESPONSABILIDADLa aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera, de la Intendencia Nacional de Control Aduanero, de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información y de las intendencias de aduana de la República.” “V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053, publicado el 27.6.2008 y modi fi catorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y modi fi catorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N° 031-2009-EF, publicada el 11.2.2009 y modi fi catorias. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y modi fi catorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y modi fi catorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y modi fi catorias. - Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, publicado el 20.3.2017 y modi fi catoria. - Reglamento del Procedimiento de Veri fi cación de Origen de las Mercancías, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2009-MINCETUR, publicado el 15.1.2009. - Decreto Supremo Nº 062-2015-RE que rati fi ca el Protocolo, publicado el 25.11.2015. - Decreto Supremo Nº 003-2016-MINCETUR que pone en ejecución el Protocolo a partir del 1.5.2016, publicado el 30.4.2016. - Decisión N° 1 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pací fi co relativa al Reconocimiento de los documentos Firmados Electrónicamente en el marco de la interoperabilidad de las Ventanilla Únicas de Comercio Exterior en la Alianza del Pací fi co, puesta en ejecución con Decreto Supremo N° 003-2017-MINCETUR, publicada el 29.3.2017.” “VI. DISPOSICIONES GENERALES (…)