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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (19/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 19 de agosto de 2018 / El Peruano MC, la O fi cina de Presupuesto a su cargo, señala que se ha realizado el análisis de la información remitida, la cual ha sido contrastada con el reporte de Resumen de Recaudación de Ingresos obtenido del Módulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF – MPP), evidenciando que se han registrado fi nancieramente los importes que requieren incorporar; además, considera la necesidad de contar con dichos recursos para fi nanciar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca, por lo que estima pertinente continuar con los trámites respectivos en el marco de la normatividad presupuestal vigente, procediendo a la incorporación hasta por la suma de S/ 163 750,00 (Ciento sesenta y tres mil setecientos cincuenta y 00/100 Soles); Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores ingresos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptación Agradecer y aceptar la donación efectuada por el Fondo del Embajador del Gobierno de los Estados Unidos de América a favor del Ministerio de Cultura, por un total de S/ 163 750,00 (Ciento sesenta y tres mil setecientos cincuenta y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de las actividades de preservación y conservación de la pirámide sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca. Artículo 2.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Cultura – Administración General para el Año Fiscal 2018, por la suma de S/ 163 750,00 (Ciento sesenta y tres mil setecientos cincuenta y 00/100 Soles), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS EN SOLES Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y TransferenciasRubro : 13 Donaciones y TransferenciasUnidad Ejecutora : 001: Ministerio de Cultura – Administración General1.5 Otros Ingresos1.5.5 Ingresos Diversos1.5.5.1 Ingresos Diversos1.5.5.1.4 Otros Ingresos Diversos1.5.5.1.4.99 Otros Ingresos Diversos S/ 163 750,00 ------------------ TOTAL INGRESOS S/ 163 750,00 ========== EGRESOS EN SOLESSección Primera : Gobierno Central Pliego : 003: Ministerio de CulturaUnidad Ejecutora : 001: Ministerio de Cultura - Administración GeneralCategoría Presupuestal : 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en ProductosProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5001029 Preservación del Patrimonio CulturalFuente de Financiamiento : 4 Donaciones y TransferenciasGastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios S/ 163 750,00 ------------------ TOTAL EGRESOS S/ 163 750,00 ========== Artículo 3.- Codi fi cación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 4.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución Ministerial se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Artículo 6.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1682018-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta Patronal de Santa Rosa de Lima de Chiquián RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 129-2018-VMPCIC-MC Lima, 17 de agosto de 2018 VISTOS, el Informe Nº 900091-2018/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe Nº 900239-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de