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66 NORMAS LEGALES Domingo 19 de agosto de 2018 / El Peruano Administrativos (TUPA) que consta de 28 folios y el Tarifario de Pagos 2018, que consta de 19 folios; Que, con Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA y Tarifario de Pagos, en el marco de la Ley Nº 27444 y conforme lo dispone en el artículo 3º que el Texto Único de Procedimientos Administrativos, deben ser documentos compilados, informativos y simpli fi cados para que sirvan de guía a los administrados que realizan distintos trámites en la Entidades Públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprobó la metodología de simpli fi cación administrativa a fi n de mejorar los procedimientos y servicios prestados en exclusividad; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1246, se aprueban diversas medidas de simpli fi cación administrativa y el Decreto Legislativo Nº 1272, publicado el 09 de octubre de 2016, que modi fi ca la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, tiene como fi nalidad simpli fi car, optimizar y eliminar procedimientos administrativos; priorizar y fortalecer las acciones de fi scalización posterior y sanción incluyendo la capacidad operativa para llevarlas a cabo y el uso de las tecnologías de la información que coadyuvan al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano; Que el numeral 39.1 del artículo 39º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, de fecha 20 de marzo del 2017, dispone que los procedimientos administrativo, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, Ordenanza Municipal, o por la decisión del Titular de los Organismos Autónomos. Que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados en cada Entidad; Que, asimismo indica que las modi fi caciones deben ser publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano”, difundida en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) y en el respectivo Portal Institucional, conforme al numeral 38.3 del artículo 38º del Decreto Legislativo Nº 1272; Que, el TUPA, como documento de gestión está sujeto a modi fi caciones y actualizaciones; por lo que la Dirección de Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, está siempre disponible a las propuestas y sugerencias justi fi cadas que hagan llegar las Unidades Académicas y Administrativas de la UNASAM, con la fi nalidad de modi fi car, mejorar y/o actualizar; Que, a través del documento del visto, la directora (e) de la Dirección de Desarrollo Institucional de la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, presenta la propuesta de la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos y Tarifario de Pagos 2018 de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, que por error involuntario no se ha materializado la actualización de todos sus costos y procedimientos; Que, mediante Informe Legal Nº 689-2018-UNASAM- OGAJ/J, de fecha 02 de julio de 2018, la O fi cina General de Asesoría Jurídica recomienda: Que, se apruebe la modi fi catoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Tarifario de Pagos 2018, y se disponga la publicación correspondiente; Que, en sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 19 de julio de 2018, visto el O fi cio Nº 086-2018-UNASAM- OGPP-DDI/J, de fecha 30 de Junio de 2018, de la directora (e) de la Dirección de Desarrollo Institucional y el Informe Legal Nº 689-2018-UNASAM-OGAJ/J, sobre la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA ) y Tarifario de Pagos 2018 de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” 2018, debatido el caso se acordó por unanimidad: Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y Tarifario de Pagos 2018, que consta de 18 páginas, con anexos 01 al 08 y el Tarifario de Pagos 2018 de 96 páginas; De conformidad a lo establecido en el Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 153º del Estatuto de la UNASAM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que consta de 18 folios y el Tarifario de Pagos 2018, que consta de 96 folios y los anexos de 8 folios, que como anexos forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- DEROGAR a partir de la fecha la Resolución de Consejo Universitario- Rector Nº 115-2018-UNASAM, de fecha 26 de abril de 2018. Artículo 3º.- DISPONER que la Dirección de Abastecimientos y Servicios Auxiliares (DASA) de la UNASAM proceda a la publicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER que la O fi cina General de Tecnología de Información, Sistemas y Estadística (OGTISE), de la UNASAM, proceda a publicar la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la UNASAM y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 38.3 del artículo 38º del Decreto Legislativo Nº 1272 y Ley 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, debiendo adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo indicado Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIO GREGORIO POTERICO HUAMAYALLI Rector EVA DELFINA ZARZOSA MARQUEZ Secretaria General (e) 1682003-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pajarillo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento San Martín RESOLUCIÓN Nº 0629-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018018218 PAJARILLO - MARISCAL CÁCERES - SAN MARTÍNJEE MARISCAL CÁCERES (ERM.2018002893)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018RECURSO DE APELACIÓN Lima, once de julio de dos mil dieciocho.VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Eric Emiliano Alberca Seijas, personero legal alterno de la organización política Acción Regional, en contra de la Resolución Nº 00054-2018-JEE-MCAC/JNE, del 18 de junio de 2018, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pajarillo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento San Martín, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES El 15 de junio de 2018, Johan Adolfo Barturen Díaz, personero legal titular de la organización política Acción Regional, presentó ante el Jurado Electoral Especial de Mariscal Cáceres (en adelante, JEE), su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Pajarillo, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín (fojas 1), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.