Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2018 (14/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 158

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de diciembre de 2018 /

El Peruano

objeticos específicos, quince estrategias, cincuenta y cinco acciones y cuyo ámbito de aplicación comprende a los Gobiernos Regionales. Que, el Gobierno Regional de Ica, se suma a éste esfuerzo conjunto del estado peruano para combatir la Corrupción creando la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Ica, "CORE-ANTICORRUPCIÓN-ICA" advirtiendo la necesidad de un Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, el cual se debe organizar a través de una Comisión de Lucha contra la Corrupción, una Secretaría Técnica de Lucha contra la Corrupción, y Unidades Anticorrupción de las Instituciones del Estado en la Región Ica, con la finalidad de coordinar de manera articulada y uniforme las acciones y políticas conforme al Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, corresponde su adecuación a la Ley N° 29976-Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción. Con fecha 20.JUN.2017, se reunió la Comisión de Asuntos Legales y Reglamento del Consejo Regional de Ica, a efectos de valorar los documentos obrantes en el expediente y habiéndose evaluado los argumentos plasmados en los informes técnico y legal, se ha concluido con la opinión favorable, de aprobar la propuesta de modificación, materia del Dictamen, determinando, que se eleve por ante el Consejero Delegado del Consejo Regional de Ica toda la documentación correspondiente, para su debate, evaluación y aprobación, de ser el caso. Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Ordinaria del 03.JUL.2017, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: "ORDENANZA REGIONAL DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL N°012-2013-GORE-ICA DE FECHA 03.DIC.2013" Articulo Primero.- Aprobar la modificación del artículo segundo de la Ordenanza Regional N°0012-2013GORE-ICA, de fecha 03 de diciembre de 2013, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Segundo.- CONFORMAR la "COREANTICORRUPCIÓN EN LA REGIÓN ICA", integrado por los representantes de las siguientes instituciones: a) El Gobernador Regional de Ica. b) El presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica. c) El Prefecto Regional de Ica. d) El Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Ica. e) El presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ica. f) El Secretario Técnico de la Comisión Regional Anticorrupción de Ica. Instituciones Observadores, Participan con voz, pero sin voto a) El Contralor Regional de Ica, de la Contraloría General de la República. b) El jefe de la Defensoría del Pueblo de Ica. c) El Decano del Colegio de Abogados de Ica. d) El presidente de la Cámara de Comercio de Ica". Artículo Segundo.- Se apruebe la modificación del Artículo Cuarto de la Ordenanza Regional N° 0012-2013-GORE-ICA, de fecha 03 de diciembre de 2013, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Cuarto.- DETERMINAR que es la Presidencia, quien asume la titularidad de la "CORE -ANTICORRUPCION DE ICA"; el cual es elegido (a), entre sus miembros y tienen carácter rotatorio cada DOS AÑOS. La Presidencia solo puede recaer en los representantes de las entidades públicas. La "Comisión Regional Anticorrupción en la Región Ica", será convocada y presidida en la primera sesión por el Gobernador del Gobierno Regional de Ica".

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, y a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario "El Peruano", así como en el Diario de mayor circulación de la Región, y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica, para su promulgación. VÍCTOR HUGO TUBILLA ANDÍA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica Por tanto: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. FERNANDO JOSÉ CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional de Ica 1722503-2

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda - PATPAL FBB
ORDENANZA Nº 2129 LA TENIENTE ALCADE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinario de Concejo, de fecha 29 de noviembre de 2018, los dictámenes Nos. 215-2018-MMLCMAEO, 13-2018-MML-CMMASBS y 108-2018-MMLCMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social y de Asuntos Legales; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA - PATPAL FBB Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda - PATPAL FBB, que consta de Cinco (5) Títulos, Seis (6) Capítulos, Sesenta y dos (62) Artículos y un (1) Disposición final; el cual forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la modificación de la Estructura Orgánica del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda - PATPAL FBB, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ordenanza. "Artículo 6°.- Estructura Orgánica del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda - PATPAL FBB para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con la siguiente estructura orgánica:

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