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163 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 El Peruano / y Presupuesto; el Informe Nº 000128-2018/GPP/SGPL/ RENIEC (07DIC2018) de la Sub Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorando Nº 000930-2018/GG/RENIEC (14DIC2018) de la Gerencia General; el Informe Nº 000387-2018/GAJ/SGAJR/RENIEC (19DIC2018), de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000657-2018/GAJ/RENIEC (19DIC2018) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por éste, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identi fi cación que los individualice de los demás; Que en virtud a lo establecido en el artículo 204º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad; considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; teniendo asimismo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación; Que mediante Resolución Jefatural Nº 177-2017/ JNAC/RENIEC (27DIC2017) se autorizó la gratuidad en la tramitación de los procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad, en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y recti fi cación de datos para niñas, niños y adolescentes albergados en Centros de Atención Residencial - CAR, que sean presentados por las entidades competentes a nivel nacional, pudiendo ser gestionados en campañas de documentación, o fi cinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC, a partir del primer día hábil de enero del 2018 hasta el 31 de diciembre del 2018; Que mediante el documento de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que en el marco de la política social adoptada por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, se vienen atendiendo las necesidades de documentación de la población en situación de vulnerabilidad a través de la expedición de resoluciones de gratuidad para la incorporación al Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la correspondiente obtención del DNI. Contar con este documento, posibilita que este grupo prioritario pueda acceder a diversos servicios y programas sociales que brinda el Estado; razón por la cual se hace necesaria la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que asimismo informa sobre la cantidad de procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente expedición del DNI a niños, niñas y adolescentes en estado de abandono albergados en Centros de Atención Residencial – CAR realizados a setiembre del 2018 (1,437 procedimientos) y las proyecciones para el año 2019 consideran que llegará a un total de 1,600 procedimientos, por lo que es necesario seguir apoyando con la gratuidad en los procedimientos a los albergados en los Centros de Atención Residencial – CAR y las personas que sean reportadas por instituciones públicas y privadas a nivel nacional, mediante el correspondiente informe social; Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos señala que la gratuidad planteada por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser fi nanciada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución para el año 2019, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016), y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la gratuidad en la tramitación de los procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la consecuente emisión del documento nacional de identidad, en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y recti fi cación de datos para niñas, niños y adolescentes albergados en Centros de Atención Residencial - CAR, que sean presentados por las entidades competentes a nivel nacional, pudiendo ser gestionados en campañas de documentación, o fi cinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC, a partir del primer día hábil de enero del 2019 hasta el 31 de diciembre del 2019. Artículo Segundo.- Autorizar la ampliación de la gratuidad en la tramitación de los procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales – RUIPN y la expedición del respectivo documento nacional de identidad en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y recti fi cación de datos para personas mayores o menores de edad, reportados por instituciones públicas o privadas de asistencia, mediante el correspondiente informe social, a nivel nacional, pudiendo ser gestionados en campañas de documentación itinerante, ofi cinas registrales, agencias y puntos de atención del RENIEC, a partir del primer día hábil de enero del 2019 hasta el 31 de diciembre del 2019. Artículo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para el año 2019, y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en la presente resolución jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Tecnología de la Información, de Administración, de Plani fi cación y Presupuesto y de Registro de Identi fi cación.