Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2018 (02/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 2 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Judicial, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, RESUELVE: Articulo Primero.- CONCEDER a la señora doctora BRIZALINA CARRASCO ALVAREZ, Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, las vacaciones solicitadas, del 26 al 30 de diciembre de 2017; dejándose pendientes 48 días de goce vacacional. Articulo Segundo.- DESIGNAR al señor doctor WALTER EDUARDO CAMPOS MURILLO, Juez Superior Titular de la Sala Civil de Ventanilla, para que en adición a sus funciones, asuma el Despacho de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de Ventanilla, del 26 al 30 de diciembre de 2017. Articulo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1602619-5

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Barranca - TUPA 2017
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 328-2017-CO-UNAB Barranca, 26 de julio de 2017 VISTO: Por acuerdo del Pleno de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de julio de 2017; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 18 y la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en su artículo 8 establecen que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, por Ley Nº 29553 promulgada el 6 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Barranca (UNAB), con domicilio en el Distrito y Provincia de Barranca del Departamento de Lima; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 046-2016-MINEDU, se ha reconformado la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, con Resolución de Comisión Organizadora N° 112-2017-CO-UNAB, de fecha 4 de abril de 2017, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2017 de la Universidad Nacional de Barranca; Que el numeral 39.1 del artículo 39° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444-Ley de Procedimiento

Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, de fecha 20 de marzo del 2017, dispone que los procedimientos administrativo, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, Ordenanza Municipal, o por la decisión del Titular de los Organismos Autónomos. Que dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados en cada Entidad; Que, con Decreto Supremos N° 079-2007-PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA, en el marco de la Ley N° 27444 y conforme lo dispone en el artículo 3° que los Texto Único de Procedimientos Administrativos, deben ser documentos compilados, informativos y simplificados para que sirvan de guía a los administrados que realizan distintos trámites en la Entidades Públicas; Que el numeral 39.3 del artículo 39° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse mediante el Titular de las Entidades Autónomas y la misma norma en el artículo 43° del citado TUO, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución emitida por el Titular de la Entidad; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca en Sesión Ordinaria de fecha 26 de julio de 2017, aprobó modificar el TUPA 2017 de la UNAB, en el Procedimiento de Acceso a la Información Pública relacionado al requisito del pago al Banco de la Nación y/o recibo de Pago de Tesorería (por hoja) por Derecho de Tramitación; ello con la finalidad de brindar mayores facilidades para el acceso de información por Transparencia de las Universidades, establecida en el artículo 11 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, de conformidad con los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220, Ley Universitaria, la Ley N° 29553, de creación de la UNAB, el Estatuto de la UNAB y la Resolución Viceministerial N° 046-2016-MINEDU, que designa a la Dra. Inés Miriam Gárate Camacho, como Presidenta de la Comisión Organizadora de la UNAB; quien hace de Rectora de esta Casa Superior de Estudios, dirige la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera; y demás normas conexas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional de Barranca (TUPA) 2017, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 112-2017-CO-UNAB, de fecha 4 de abril de 2017, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa y conforme al Anexo que en un (1) folio forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- DISPONER que la Oficina de Imagen Institucional y la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación publiquen la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la Universidad Nacional de Barranca. Artículo 3°.- NOTIFICAR a las dependencias académicas y administrativas de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora 1602559-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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