Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2018 (15/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Lunes 15 de enero de 2018 /

El Peruano

del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad y el establecimiento de la Unidad Orgánica encargada de la Programación Multianual de Inversiones y sus funciones, conforme lo instituye el Artículo Segundo. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y será difundida a través del Portal del Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Sexto.- DEROGAR toda norma del Gobierno Regional de La Libertad en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional de La Libertad a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1605821-1 DEL

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALETA DE CARQUIN
Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2018 del distrito de Caleta de Carquín
ORDENANZA MUNICIPAL N° 036-2018-MDCC Caleta de Carquín, 12 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CALETA DE CARQUIN POR CUANTO: El Concejo de la Municipal Caleta de Carquín, en Sesión Ordinaria de Consejo N° 001-2018-MDCC, de fecha 12 de enero del 2018, y; VISTO: El Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito Caleta de Carquín 2018, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 194° modificado por la Ley 27680 - Ley de Reforma

Constitucional - en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 13° de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - Ley N° 27933 modificada por Ley N° 28863 señala que "Los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, dentro del marco de la Política Nacional diseñada por el Concejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación e su ejecución. Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece en su artículo 26° que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del CODISEC a nivel distrital. Cuenta con un Secretario Técnico. Así mismo el artículo 28° del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC además de las establecidas en N° 27933 y sus modificatorias las siguientes: a) Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana ­ Año 2018 (PDSC). Que, en Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de Caleta de Carquín de fecha 11 de enero del 2018 se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2018 cuyo objetivo general es fortalecer el trabajo multisectorial en el Distrito de Caleta de Carquín, mediante la interrelación, capacitación, asistencia técnica, y administrativa de los sectores e instituciones comprometidos con la participación de la comunidad organizada, a fin de mejorar los niveles de percepción de seguridad ciudadana. Que, el artículo 30° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Unidad Orgánica de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones: a) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su ratificación mediante Ordenanza Municipal. Que, en Sesión de Concejo Ordinaria N° 001-2018MDCC, de fecha 12 de enero del año 2018, se comunica al Consejo Municipal que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, presidido por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Caleta de Carquín, Ing.. Janssen Guerrero Peralta, cumplió con aprobar el Plan Local de Seguridad Ciudadana-Carquín 2018, por lo que le corresponde al Concejo Distrital proceder a su ratificación, y; En uso de las facultades conferidas; por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018 DEL DISTRITO DE CALETA DE CARQUIN Artículo Primero.- RATIFICAR, el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2018 del Distrito de Caleta de Carquín, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de este distrito y presentado por la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad Orgánica de Secretaría General la publicación de la presente en el portal web de la Municipalidad y en el diario encargado de la publicación de avisos judiciales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANSSEN E. GUERRERO PERALTA Alcalde 1606267-1

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