Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 12 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

17

Que, de acuerdo con el numeral 3.13 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052013-MC, corresponde al Ministerio de Cultura fomentar y promover las artes, las expresiones y creaciones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, promoviendo el acceso a estas manifestaciones culturales, las iniciativas privadas y propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 5042017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Tarifario de los servicios brindados por el Ministerio de Cultura para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual entre otros, contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los Museos a nivel nacional; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece que con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados períodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión; Que, asimismo, el numeral 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, dispone que el Instituto Nacional de Cultura (actualmente, Ministerio de Cultura) y demás entidades públicas encargadas de la administración de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación vinculados a la actividad turística, así como las entidades encargadas de la administración de las áreas naturales de alcance nacional o regional, deben comunicar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo las tarifas promocionales a que se refiere el artículo 34 de la Ley citada en el considerando precedente, indicando sus condiciones y periodo de vigencia; Que, mediante Oficio Nº 205-2018-DE-UE005-PENLVMPCIC/MC de fecha 26 de junio de 2018, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque remite la solicitud formulada por el Director del Museo Tumbas Reales de Sipán a través del Memorando Nº 310-2018-D-MTRS-PENL-VMPCIC/MC de fecha 25 de junio de 2018, a efectos que se disponga el ingreso libre a dicho museo el día 20 de julio de 2018, al conmemorarse el XXXI aniversario del descubrimiento de la Tumba Real del Señor de Sipán; Que, a través del Informe Nº 900048-2018/DGM/ VMPCIC/MC de fecha 28 de junio de 2018, la Dirección General de Museos brindó su conformidad a la solicitud presentada por el Director del Museo Tumbas Reales de Sipán, señalando que tal exoneración cuenta con: i) Opinión favorable del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque; ii) Carácter excepcional de la medida por conmemorarse el XXXI aniversario del descubrimiento de la Tumba Real del Señor de Sipán, conforme a lo dispuesto en el artículo primero del Acuerdo Regional Nº 043-2012-GR.LAMB./CR de fecha 10 de julio de 2012; y, iii) Que contribuye al acercamiento de los peruanos a la cultura; Que, bajo ese contexto y siendo atribución del Ministerio de Cultura disponer acciones para fomentar el acceso a la cultura, resulta conveniente establecer una tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles) que permita el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 20 de julio de 2018, debiéndose además comunicar dicha disposición al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 20 de julio de 2018, en atención

a la tarifa promocional de S/ 0,00 (Cero y 00/100 Soles), que se instituye para fomentar el acceso a la cultura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque y la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque en coordinación con el Museo Tumbas Reales de Sipán dispondrán las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, a la Unidad Ejecutora 005 Naylamp ­ Lambayeque y al Museo Tumbas Reales de Sipán; para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1668157-1

Designan Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2018-MC Lima, 10 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 204-2017-MC, el mismo que ha sido reordenado con Resolución Ministerial N° 506-2017-MC, el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac es considerado de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac, resulta necesario designar a la persona que lo ejercerá; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Mérida Inca Paullo, en el cargo de Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1668361-1

Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2018-MC Lima, 10 de julio de 2018 VISTOS, el Informe N° 900144-2018-DIA/DGIA/ VMPCIC/MC de la Dirección de Artes y el Informe N°

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.