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8 NORMAS LEGALES Viernes 13 de julio de 2018 / El Peruano Fecha de inicio y de término26 de julio al 3 de agosto de 2018 Tiempo de permanencia Nueve (9) días País participante Colombia Tipo de unidad Apoyo Número de casco 83 Tipo de buque Remolcador fl uvial ARC “TTE JOVES FIALLO” Clase Remolcador Fluvial Cantidad de personal Siete (7) Desplazamiento 80 toneladas Eslora 24.3 metros Manga 5.80 metros Calado 0.9 metros Armamento- Dos (2) ametralladoras calibre 50 mm - Dos (2) lanzagranadas MGL de 40 mm- Una (1) ametralladora M-60 Aeronave orgánica embarcadaNinguna Sistemas electrónicos GPS, Radar Furuno Comunicación- Datrolink HF/ Inosfera/100W - Tiran 950 VHF/Línea de vista/50W- Tiran 6050 HF/Inosfera/100W- Icom VHF Marino/50W- Motorola trunking UHF/Línea de vista/50W- Icom VHF Aéreo- Motorola UHF/Línea de vista/50W Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los once días del mes de julio de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICALima, 12 de julio de 2018.Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1669642-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Crean la Comisión Consultiva denominada “Comisión de Reforma del Sistema de Justicia”, dependiente de la Presidencia de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 142-2018-PCM Lima, 12 de julio de 2018CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, asimismo, el artículo 138 de la Constitución Política del Perú señala que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes; Que, los últimos acontecimientos de conocimiento público, sobre denuncias de corrupción, feminicidio, criminalidad organizada, entre otros que afectan a nuestra sociedad e institucionalidad democrática, y en especial a las mujeres y personas más vulnerables, nos advierten que se requiere una reforma urgente del Sistema de Administración de Justicia mediante el establecimiento, implementación y cumplimiento políticas públicas debidamente articuladas y e fi caces; pues la negativa percepción ciudadana sobre la transparencia de las principales entidades que lo conforman (Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, además del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Policía Nacional el Perú) pone en entredicho la consecución de la seguridad jurídica y la justicia pronta que de fi ende; Que, en el artículo 37 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema, disponiendo, asimismo, que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de con fi anza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada; Que, en ese sentido, es pertinente crear una Comisión Consultiva conformada por personas de reconocida trayectoria ética, prestigio y legitimidad en la sociedad, identi fi cadas con la defensa de la democracia y la institucionalidad y que no representen intereses de algún partido político o sector empresarial, con el encargo de proponer medidas concretas para reformar el Sistema de Administración de Justicia a fi n de construir una justicia efi caz, oportuna, transparente, e fi ciente e incorruptible; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación de la Comisión Consultiva Crear la Comisión Consultiva denominada “Comisión de Reforma del Sistema de Justicia”, dependiente de la Presidencia de la República. Artículo 2.- Objeto La Comisión tiene por objeto proponer medidas urgentes y concretas para reformar el Sistema de Justicia a fi n de aportar a la construcción de una justicia e fi caz, oportuna, transparente, e fi ciente e incorruptible. Artículo 3.- Conformación La Comisión está integrada por las siguientes personas: 1. Allan Wagner Tizón, quien la presidirá, 2. Delia Revoredo Marsano,3. Hugo Sivina Hurtado,4. Samuel Abad Yupanqui,5. Eduardo Vega Luna;6. Ana Teresa Revilla Vergara y7. Walter Albán Peralta. La participación de los miembros de la Comisión es ad honórem. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión está a cargo del Despacho Presidencial. Tiene como función apoyar