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51 NORMAS LEGALES Martes 27 de noviembre de 2018 El Peruano / Que, con Dictamen Nº 075-2018-MPT/COACFPPOD, la Comisión de Administración, Contabilidad, Finanzas, Plani fi cación y Presupuesto, Organismos Descentralizados, recomienda aprobar la modi fi cación del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo; Estando a los fundamentos antes expuestos, y a las facultades conferidas en los incisos 8) y 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el voto UNÁNIME de sus miembros, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Artículo Primero.- Aprobar los Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización y Subgerencia de Defensa Civil e incorporarlos al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y que está contenido en Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar los costos, requisitos y plazos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos e incorporarlos al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y que está contenido en Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Ordenanza Artículo Tercero.- Eliminar los Procedimientos Nº 1 al 23, a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización, asimismo los procedimientos Nº 1 al 10 a cargo de la Subgerencia de Defensa Civil, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y normas modi fi catorias. Artículo Cuarto.- Modi fi car el número de orden de los procedimientos administrativos a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT, y normas modi fi catorias, de acuerdo al Anexo Nº 02 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT, respecto a la autoridad competente para resolver de los procedimientos de la Subgerencia de Edi fi caciones: “Certi fi cado de Numeración de Finca” y “Autorización para la instalación de Infraestructura de Telecomunicaciones”, se debe indicar a Subgerencia de Edi fi caciones. Asimismo, en los procedimientos de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas: “Autorización para ejecución de obras menores en áreas públicas (relacionadas al ornato)”, se debe indicar Subgerencia de Habilitaciones Urbanas. Artículo Sexto.- DEROGAR todas las normas o disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza y sus anexos serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Artículo Noveno.- Notifíquese la presente Ordenanza y su Anexo a las instancias que correspondan para los fi nes de su cumplimiento POR TANTO:MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.Dado en la ciudad de Trujillo a los cinco días del mes de noviembre del dos mil dieciocho. ELIDIO ESPINOZA QUISPE Alcalde 1716222-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA Aprueban Disposiciones para Sincerar la Deuda Tributaria y Administrativa (No Tributaria) por Causal de Cobranza Dudosa o de Recuperación Onerosa y sinceramiento de las cuentas por cobrar, y aprueban Reglamento para la declaración de Quiebra de Valores de Deuda Tributaria y Administrativa de Cobranza Dudosa o de Recuperación Onerosa y sinceramiento de las cuentas por cobrar ORDENANZA MUNICIPAL Nº 171-2018-CM/MDP Pangoa, 10 de octubre de 2018POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PANGOA, PROVINCIA DE SATIPO, REGIÓN JUNIN VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 15, de fecha 09 de Agosto del 2018, el Dictamen No. 005-2018-COM.A.F y.A.T/MDP, de la Comisión de Administración y Finanzas y Administración Tributaria, que emite opinión favorable para aprobación de la Ordenanza Municipal que Aprueba las disposiciones y criterios para sincerar la deuda Tributaria y Administrativa (No Tributaria), por causal de Cobranza Dudosa o de Recuperación Onerosa, y el Reglamento de Quiebra de Valores y el sinceramiento de la cartera de cuentas por cobrar de la Municipalidad Distrital de Pangoa; y CONSIDERANDO:Que, nuestra Constitución Política del Estado establece en el Artículo 194º que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece en su Artículo 40º, que las ordenanzas de las municipalidades ya sean estas provinciales y/o distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración de los servicios públicos, en las materias en que la municipalidad tiene competencia. Que, los numerales 5º y 6º del Artículo 27º del D. S. Nº 133-2013-EF - TUO del Código Tributario, establece que, la obligación tributaria se extingue por Resolución de la Administración Tributaria, sobre deudas de cobranza dudosa u onerosa; así también dispone, que las deudas de cobranza dudosa son aquellas que constan en las respectivas resoluciones u órdenes de pago y respecto de las cuales se han agotado todas las acciones contempladas en el Procedimiento de Ejecución Coactiva, siempre que sea posible ejercerlas. Que, las deudas de recuperación onerosa son aquellas que han sido autoliquidadas por el deudor tributario y cuyo saldo no justi fi que la emisión de la resolución u orden de pago del acto respectivo, siempre que no se trate de deudas que estén en un aplazamiento y/o fraccionamiento de carácter general o particular; Que, el Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, precisa las facultades de la Administración Tributaria para declarar deudas como de recuperación onerosa o de cobranza dudosa; en tal sentido y conforme lo dispone el Artículo 27º del D. S. Nº 133-2013-EF, TUO del Código Tributario, la Municipalidad Distrital de Pangoa, en su calidad de titular de las cuentas por cobrar, se encuentra facultada para declarar la deuda de cobranza dudosa o