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65 NORMAS LEGALES Sábado 6 de abril de 2019 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256- 2013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, don Roly Américo Ruiz Herrera, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por pérdida, el mismo que fue expedido el 21.03.2007, Diploma Nº377, Fojas del Tomo 029-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 12 de marzo del 2019. RESUELVE:1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, de fecha primigenio: 21.03.2007, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE MÉDICO CIRUJANO, a don ROLY AMÉRICO RUIZ HERRERA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 377 Fojas 311 del Tomo 029-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y Facultad de Medicina Humana. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1757079-1 Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 08655-R-18 Lima, 31 de diciembre del 2018 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 01191-OGPL-18 de la O fi cina General de Plani fi cación, sobre aprobación de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNMSM. CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Rectoral Nº 01206-R- 11 del 21 de marzo del 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que con Resolución Rectoral Nº 03013-R-16 de fecha 06 de junio del 2016, se autorizó la publicación del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, aprobado por la Asamblea Estatutaria de la Universidad, en el Diario O fi cial “El Peruano”, con vigencia a partir del 06 de junio del 2016; Que la Ley Universitaria N° 30220 en vigencia, en el Artículo 3°, establece que la Universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural; Que el Artículo 235° del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos señala que la estructura orgánica básica de la Universidad se encuentra establecida en el Estatuto y en los Documentos de Gestión Internos, la misma que es de carácter fl exible en el nivel que corresponda, a efectos de adaptarse a los nuevos escenarios que se pudieran presentar; Que por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, la estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el ROF es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que el Artículo 3°, numeral 3.1, literal e), del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que dicha norma es de aplicación para las Universidades Públicas, excluyendo su estructura de enseñanza que se rigen por lo dispuesto en las normas especiales de la materia; Que conforme al Artículo 46°, numeral 46.1, literal a), del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se requiere la aprobación del ROF de la UNMSM por modi fi cación de la estructura orgánica; Que mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 003-2018-PCM/SGP, se aprueba la Directiva N° 001-2018-PCM/SGP que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado; Que el Artículo 54° del Estatuto de la UNMSM establece que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión de la universidad; Que mediante O fi cio Nº 03574-OGPL-2018, la O fi cina General de Plani fi cación eleva el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que con Informe N° 2032-OGAL-2018, la O fi cina General de Asesoría Legal emite opinión favorable; Que el Consejo Universitario en su sesión de fecha 28 de diciembre del 2018, acordó aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que cuenta con el Proveído s/n del 31 de diciembre del 2018, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE:1º.- Aprobar el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, según anexo que forma parte de la presente resolución. 2º.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado con Resolución Rectoral Nº 01206-R-11 del 21 de marzo del 2011 y sus modi fi catorias.