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42 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2019 / El Peruano actividades vinculadas a la sede principal y sus fi lial(es), de ser el caso, a la implementación de las carreras, atracción de egresados de la Educación Básica, prácticas pre profesionales, tutoría, investigación de estudiantes y formadores, seguimiento a egresados, fortalecimiento de las competencias profesionales de sus formadores, así como al mantenimiento de la infraestructura, equipamiento y mobiliario. Estas actividades deben estar articuladas con los objetivos, líneas estratégicas y metas multianuales del PEI. Dichas actividades contendrán las tareas, cronograma de ejecución, área o equipo responsable, bienes, servicios y presupuesto para el desarrollo de las actividades, así como la especi fi cación de acciones para su monitoreo y evaluación. c. Plan de estudios, per fi l del egresado y carteles de alcances y secuencias de la carrera solicitada acorde a lo establecido en el Diseño Curricular Básico Nacional, debidamente contextualizados a la realidad local y regional. d. Declaración jurada suscrita por el director general en la que se indique: 1. La oferta y demanda de la carrera solicitada en la región, la cual debe contener la identi fi cación de la oferta en otras instituciones de Educación Superior a nivel local y regional, la identi fi cación de la demanda de diversos actores respecto del per fi l profesional de la carrera solicitada, asimismo, determinar el ratio de postulantes/vacantes proyectado para la carrera (demanda potencial). 2. La formación académica con indicación del título profesional así como la fecha de emisión, entidad que lo emitió y número de registro; y experiencia laboral no menor a tres (3) años de todos los docentes, relacionada a cada carrera profesional solicitada. 3. Que los docentes no cuentan con condenas por los delitos señalados en las Leyes Nºs 29988 y 30901. 4. Que el IESP cuenta con equipamiento, mobiliario, recursos y material bibliográ fi co, acorde con el número de estudiantes por cada carrera, debiendo indicar su correspondiente estado de conservación. 5. La capacidad fi nanciera y económica requerida para los primeros cinco (5) años de funcionamiento de la carrera profesional. El procedimiento es resuelto mediante resolución directoral emitida por la unidad orgánica competente del Minedu, dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya emitido el pronunciamiento respectivo, opera el silencio administrativo positivo”. 63-A.2. Para la autorización de nueva carrera profesional en IESP público, se debe presentar en físico los siguientes requisitos: a. Los requisitos para la autorización de nueva carrera de IESP señalados en el numeral 63-A.1 del artículo 63-A del presente Reglamento, con excepción del literal d) del numeral 5) y el pago por derecho de trámite. b. Certi fi cación del crédito presupuestario y previsión presupuestaria que garantice la disponibilidad de recursos para atender todos aquellos aspectos necesarios para el funcionamiento de la nueva carrera profesional, durante los próximos tres (03) años, emitido por la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces. c. Los requisitos que se re fi eran a declaraciones juradas deben ser presentados mediante informe, debidamente fi rmado por el director general del IESP”. “Artículo 65-A. Procedimiento transitorio de autorización de nuevas fi liales de IESP Durante el periodo de adecuación, los IESP que se hayan revalidado pueden ampliar su servicio educativo, mediante nuevas fi liales, a nivel regional. La autorización de nuevas fi liales tendrá una vigencia que no excederá la vigencia de la revalidación del IESP. 65-A.1. Para la autorización de nuevas fi liales en IESP privados, se presentan en físico los siguientes requisitos: a. Solicitud fi rmada por el director general del IESP indicando sus nombres y apellidos, número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería, domicilio y correo; el domicilio y correo electrónico del IESP para efectos de la noti fi cación electrónica, siempre que haya dado su autorización expresa para ello; número de la partida registral, la localización y ubicación (dirección, distrito, provincia, departamento) de la sede principal y de la fi lial(es) solicitada(s); y el número y la fecha de la constancia de pago por derecho de trámite. b. Plan Anual de Trabajo (PAT) vigente que incorpore las actividades correspondientes a la implementación de la fi lial solicitada y que incluya el acto resolutivo de su aprobación. El PAT debe contener las actividades vinculadas a la sede principal y a sus fi liales, a la implementación de las carreras, atracción de egresados de la Educación Básica, prácticas pre profesionales, tutoría, investigación de estudiantes y formadores, seguimiento a egresados, fortalecimiento de las competencias profesionales de sus formadores, así como al mantenimiento de la infraestructura, equipamiento y mobiliario. Estas actividades deben estar articuladas con los objetivos, líneas estratégicas y metas multianuales del PEI. Dichas actividades contendrán las tareas, cronograma de ejecución, área o equipo responsable, bienes, servicios y presupuesto para el desarrollo de las actividades, así como la especi fi cación de acciones para su monitoreo y evaluación. c. Declaración jurada suscrita por el director general en la que se indique lo siguiente: 1. Descripción de la formación académica con indicación del título profesional así como la fecha de emisión, entidad que lo emitió y número de registro; y la experiencia laboral no menor a tres (03) años de los docentes que dictarán las carreras profesionales del IESP en la fi lial solicitada. 2. Que los docentes no cuentan con condenas por los delitos señalados en las Leyes Nºs 29988 y 30901. 3. Información sobre el terreno y construcción de la fi lial: dirección, propietario, número de partida registral, área total, área construida, área libre, descripción de la accesibilidad para personas con discapacidad y adultos mayores. 4. Que el IESP cuenta con equipamiento, mobiliario, recursos y material bibliográ fi co, acorde con el número de estudiantes por cada carrera, en buen estado de conservación. 5. El número, fecha de emisión y vigencia del Certi fi cado de Compatibilidad de Uso de la o las fi lial(es) solicitada(s), así como la Municipalidad y el servidor o funcionario que lo emitió. 6. Número, fecha de emisión y vigencia del Certi fi cado de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios de la o las fi lial(es) solicitada(s), así como la Municipalidad y el servidor o funcionario que lo emitió. 7. La disponibilidad del establecimiento de la fi lial por un periodo de cinco (05) años. 8. La capacidad fi nanciera y económica requerida para los primeros cinco (05) años de funcionamiento de la fi lial. El procedimiento es resuelto mediante resolución directoral emitida por la unidad orgánica competente del Minedu, dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya emitido el pronunciamiento respectivo, opera el silencio administrativo positivo. 65-A.2. Para la autorización de nuevas fi liales de IESP público, se debe presentar los siguientes requisitos: a. Los requisitos para la autorización de nueva filiales de IESP señalados en el numeral 65-A.1 del artículo 65-A del presente Reglamento, con excepción del literal c) del numeral 8) y el pago por derecho de trámite. b. Certi fi cación del crédito presupuestario y previsión presupuestaria que garantice la disponibilidad de recursos para atender todos aquellos aspectos necesarios para el funcionamiento de la nueva fi lial, emitido por la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces.