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62 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2019 / El Peruano Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los inmuebles expropiados a favor de los bene fi ciarios. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagadas directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para los lanzamientos o tomas de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materias de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA-PUENTE QUIROZ-TAUCA-CABANA-HUANDOVAL-PALLASCA, TRAMO: TAUCA-PALLASCA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALCARLOS VALLE, BIENVENIDO CEFERINO; PEREYRA LOZANO, DOMINICA.CÓDIGO: CVC-TA-270AREA AFECTADA TOTAL: 14.23 (0.0014 ha) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 406.91LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA 1:COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA 1 AREA AFECTADA 1: 3.38 m² (0.0003 ha) - Norte: No tiene colindancia.VERTI- CESLADODISTAN- CIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) - Sur: Colinda con U.C. N° 135280. con 0.74 m.1 1-2 9.71 829153.2114 9071069.8094 2 2-3 0.74 829159.6475 9071062.5336 - Este: Colinda con U.C. N° 135278. con 9.71 m. 3 3-1 9.48 829158.9576 9071062.2638 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA 2:COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA 2 AREA AFECTADA 2: 10.85 m² (0.0011 ha) - Norte: No tiene colindancia.VERTI- CESLADODISTAN- CIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) - Sur: Colinda con U.C. N° 135269. con 10.45 m.1 1-2 16.60 829141.6385 9071082.8920 2 2-3 10.45 829152.6370 9071070.4587 - Este: Colinda con U.C. N° 135278. con 16.6 m.3 3-4 4.51 829144.9070 9071077.4905 4 4-1 1.88 829142.1859 9071081.0898 - Oeste: Colinda con U.C. N° 135269. con 6.39 m. PARTIDA REGISTRAL: 11019340 perteneciente a la O ficina Registral de Chimbote - Zona Registral N° VII - Sede Huaraz. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 09/11/2018 y 21/11/2018 (Informes Técnicos Ns. 06282 y 06718-2018. Z.R.N°VII/OC-CHIMB) por la O ficina de Catastro de la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, O ficina Registral de Chimbote. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido el 19/03/2019 por la Zona Registral N° VII - Sede Huaraz, O ficina Registral de Chimbote. Asimismo se ha procedido a actualizar el ultimo asiento de la Partida el dia 11/07/2019.