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29 NORMAS LEGALES Martes 10 de diciembre de 2019 El Peruano / Mediante Informe Técnico N° 109-2019-SUNEDU-02-12 del 18 de noviembre de 2019, la Dilic informa sobre la pertinencia de la modi fi cación de la denominación de dos (2) programas de segunda especialidad profesional conforme a la nomenclatura de las especialidades odontológicas establecidas en el Reglamento de la Ley del Trabajo de Cirujano Dentista. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y su modi fi catoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, modi fi cado por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 045-2019. SE RESUELVE:Primero.- MODIFICAR la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD en lo referido a las denominaciones de dos (2) programas de segunda especialidad profesional contenidos en la licencia institucional de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, consignados en los numerales 89 y 93 del Anexo N° 2 de, de acuerdo al siguiente detalle: TEXTO ACTUAL TEXTO MODFICADO Anexo N° 2 Anexo N° 2 N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGAN°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGA 89 PERIODONCIA SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN PERIODONCIA89PERIODONCIA E IMPLANTOLOGÍA SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN PERIODONCIA E IMPLANTOLOGÍA 93 CARIELOGÍA y ENDODONCIASEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN CARIELOGÍA Y ENDODONCIA93 ENDODONCIA SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN ENDODONCIA En tal sentido, toda referencia al numeral N° 89 y 93 del Anexo N° 2 de la citada resolución, correspondiente a la denominación de los programas de segunda especialidad, debe entenderse conforme lo señalado. Segundo.- INFORMAR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos, que las denominaciones de los títulos de los dos (2) programas de segunda especialidad denominados “Periodoncia” y “Carielogía y Endodoncia”, listados en los numerales 89 y 93 del Anexo N° 2 de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD, se mantienen para fi nes del registro de los títulos. Tercero.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación.Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución y el Informe Técnico N° 109-2019-SUNEDU-02-12 a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe técnico N° 109-2019-SUNEDU-DILIC-EV en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1835199-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de juez de la Corte Suprema de Justicia a Austria, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 120-2019-P-CE-PJ Lima, 25 de noviembre de 2019VISTOS: El O fi cio Nº 10030-2019-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República; y el O fi cio Nº 002059-2019-GG-PJ, remitido por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Ministro Director de Organismos y Política Multilateral del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, hace de conocimiento la convocatoria para participar en la continuación del 28º Periodo de Sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal (CCPCJ), que se realizará los días 12 y 13 de diciembre del presente año, en Viena, Austria. Segundo. Que la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal es un órgano del Sistema de las Naciones Unidas encargado de formular políticas y recomendaciones sobre cuestiones de justicia penal, incluida la trata de seres humanos, la delincuencia transnacional y los aspectos de prevención del terrorismo Tercero. Que este Poder del Estado tiene como política institucional la lucha contra la trata de personas y la delincuencia, por lo que es de su interés participar en el mencionado evento, en el cual se desarrollarán las normas de las Naciones Unidas que contribuirá a innovar y actualizar el servicio de impartición de justicia. Por tal motivo, la Presidencia del Poder Judicial autorizó al señor Carlos Giovani Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, a fi n que participe en la referida actividad. Cuarto. Que el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula el giro de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, según la escala aprobada por la citada norma. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Giovani Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema