Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de enero de 2019 /

El Peruano

por concepto del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, ascendente a S/ 3.86 (Tres y 86/100 soles) y en S/ 0.58 (Cincuenta y ocho céntimos de sol) por predio adicional, aprobadas mediante Ordenanza Nº366-2017-MDI y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 489. Artículo Segundo.- DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero de 2019 y previa publicación del texto normativo en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGAR al Gerente Municipal para que mediante comunicación formal informe al Servicio de Administración Tributaria de Lima, la decisión de aplicar el Acuerdo de Concejo Nº 489 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el ejercicio 2019, dentro del plazo que señala la sétima disposición final de la Ordenanza Nº 2085. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, a la Subgerencia de la Tecnología de la Información y la Comunicación y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1727755-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2018 del Distrito de San Miguel
ORDENANZA Nº 375/MDSM San Miguel, 20 de diciembre de 2018 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión de concejo de fecha 28 de noviembre de presente año; VISTOS, el Memorando Nº 805-2018-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº 1252018-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, memorando Nº 443-2018-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informe Nº 025-2018-GECESI/MDSM emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, y; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos

administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27933, Ley de Seguridad Ciudadana, señala que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación en su ejecución, y el literal a) del artículo 18º de la misma Ley establece que las atribuciones de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales, son aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana de sus correspondientes jurisdicciones, en concordancia con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, informando al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, el literal e) del artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señala que la Secretaría Técnica es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) la política, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana; Asimismo, como la Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital tiene como función presentar al Concejo Municipal el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante el acta de la Sexta Sesión de fecha 11 de junio del 2018, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), bajo la presidencia del señor alcalde Eduardo Javier Bless Cabrejas y con el quorum reglamentario de los señores integrantes, se aprobó la Actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2018; Que, el Gerente de Seguridad Ciudadana en calidad de Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Miguel, comunica que se ha cumplido con aprobar la Actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2018, por lo que corresponde al Consejo Municipal de San Miguel proceder con su ratificación; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que las ordenanzas distritales son las normas de carácter genera de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2018 DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, correspondiente al año 2018, cuyo texto forma parte de la presente ordenanza en 67 (Sesenta y siete) folios. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1727777-1

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