Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2019 (01/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano / Martes 1 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Especial Temporal ubicada en la Av. Daniel Alcides Carrión Nº 300, Urbanización Casapía, Manzana C, Lote 1, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1727240-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza que aprueba el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y Distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2019
ORDENANZA Nº 000387-2018-MDI Independencia, 6 de diciembre del 2018 EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; VISTO: Informe Nº57-2018-GR-MDI de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 164-2018-GPPR-MDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Legal Nº 418-2018-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 2453-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, acorde con la atribución reconocida en el artículo 195º, numeral 4, concordante con el artículo 74º de la Carta Magna, los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley. Asimismo, según el artículo 40º, segundo párrafo de la Ley Nº 27972, mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; por lo cual, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva

Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, mediante Ordenanza Nº 2085 la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, y según la sétima Disposición Final de dicho dispositivo, las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada deberán ser ratificadas anualmente; sin perjuicio de ello, el acuerdo de concejo ratificatorio tendrá vigencia máxima de dos (02) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación; Que, mediante Ordenanza Nº 366-2017-MDI publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de diciembre 2018, se aprobó el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de valores, Determinación del tributo y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018 y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 489, publicada en la fecha mencionada; Que, mediante Informe Nº 57-2018-GR-MDI de fecha 27 de noviembre del 2018, la Gerencia de Rentas, presenta su proyecto de Ordenanza que tiene por objeto aplicar para el ejercicio 2019, la tasa anual por concepto del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto Predial y Arbitrios Municipales, ascendente a S/. 3.86( tres y 86/100 soles ) y en 0.58 (cincuenta y ocho céntimos de sol) por predio adicional, el mismo que comprende S/. 0.29 por recibo de PU (predio Urbano) y 0.29 por recibo HLA (hoja de liquidación de Arbitrios Municipales), montos aprobados mediante Ordenanza Nº 366-2017-MDI y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 489. Que, mediante informe Nº 164-2018-GPPR-MDI de fecha 30 de noviembre del 2018, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización emite opinión favorable de orden presupuestal para que se tramite la aprobación de la citada Ordenanza ante el Concejo Municipal; Que, mediante Informe legal Nº 418-2018-GALMDI de fecha 03 de diciembre del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina de manera favorable la Ordenanza que aprueba el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto y arbitrios municipales del 2019, correspondiendo se incluya en agenda de sesión de concejo para su debate y consecuente aprobación; Que, mediante Memorando Nº 2453-2018-GM-MDI de fecha 04 de diciembre del 2018, la Gerencia Municipal en consideración a las opiniones técnicas y legal de las áreas administrativas competentes, considera viable se prosiga con el trámite correspondiente para elevarse al Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, numerales 3) y 8) de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2019. Artículo Primero.- MARCO LEGAL Aplíquese, para el ejercicio 2019, la tasa anual

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