Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2019 (31/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2019 El Peruano / correspondientes a cada uno de los despachos conferidos, así como, deberán proceder a la entrega inmediata de las credenciales de magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que serán devueltas a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte la veri fi cación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Área de Recursos Humanos de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima Sur 1792739-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 499- MDA, que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2019/MDA Ate, 25 de julio de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 499-MDA que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate; el Informe Nº 112-2019-MDA/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 572-2019-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 352-2019-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modi fi catorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de nuestra Constitución, las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 499-MDA, de fecha 17 de junio del 2019, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” de fecha 30 de junio del 2019, se dispuso otorgar bene fi cios tributarios y no tributarios en el Distrito de Ate, por concepto de Impuesto Predial, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos, Arbitrios de Limpieza Pública, Barrido de Calles y Recojo de Residuos Sólidos, Arbitrios de Parques y Jardines y Arbitrios de Serenazgo; y, las multas tributarias y administrativas; así como a las deudas que se encuentran con convenio de fraccionamiento de pago; disponiéndose su vigencia hasta el 15 de julio del presente año fi scal, el mismo que fue prorrogado hasta el 31 de julio mediante Decreto de Alcaldía Nº 017-2019/MDA; Que, en la Sexta Disposición Final de la citada normativa, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la Ordenanza; así como para establecer , prorroga en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 121-2019-MDA/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala que estando por vencer la fecha de vigencia de la normativa, se propone prorrogar la vigencia de Ordenanza Nº 499-MDA, “Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate”, con la fi nalidad que nuestros contribuyentes puedan regularizar el pago de sus obligaciones hasta el 16 de Agosto del 2019; Que, mediante Informe Nº 495-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 499-MDA hasta el 16 de Agosto del 2019, conforme lo propone la Gerencia de Administración Tributaria; Que, el artículo 42º, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído Nº 352-2019-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Único.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 499-MDA, “Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en la Jurisdicción del Distrito de Ate”, hasta el 16 de agosto del 2019; en mérito a los considerandos antes expuestos. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1792727-2 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza que Regula el Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos y promueve su Formalización en el distrito de La Victoria ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2019/MLV La Victoria, 19 de julio de 2019EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo, el Dictamen Conjunto Nº 10-2019-CPPAL-CSATDE/MDLV de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales y de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; y,