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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2019 (31/07/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de julio de 2019 El Peruano / DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ INCLAN 0.00 29,633.40 LA YARADA LOS PALOS 0.00 233.80PACHIA 0.00 61,360.41PALCA 34,870.50 108,453.49SAMA 0.00 11,962.50TACNA 0.00 758.80 TACNA/TARATA ESTIQUE 0.00 34,976.81ESTIQUE-PAMPA 0.00 5,175.00HEROES ALBARRACIN 0.00 57,803.63SITAJARA 0.00 40,726.80SUSA PAYA 0.00 2,688.96 TARATA 0.00 7,916.49 TARUCACHI 0.00 22,803.08TICACO 0.00 10,748.25 TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL 0.00 5,325.00ZORRITOS 0.00 562.50 TUMBES/TUMBES CORRALES 0.00 75.00LA CRUZ 0.00 525.00SAN JACINTO 0.00 412.50 UCAYALI/CORONEL PORTILLO NUEVA REQUENA 0.00 675.00 YARINACOCHA 0.00 225.00 UCAYALI/PADRE ABAD CURIMANA 0.00 225.00 TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES2,763,363.05 28,234,676.87 Nº Distritos 1,252 ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso d) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de junio 2019 a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN S/ U.S. $ AMAZONAS 0.00 150.00 ANCASH 0.00 22,517.72 APURIMAC 0.00 2,225.69AREQUIPA 0.00 28,888.22AYACUCHO 0.00 7,446.84 CAJAMARCA 0.00 3,406.74 CUSCO 0.00 4,130.64HUANCAVELICA 0.00 11,842.18 HUANUCO 0.00 9,789.45 ICA 0.00 6,786.23JUNIN 0.00 21,812.29LA LIBERTAD 0.00 6,878.89 LAMBAYEQUE 0.00 1,942.03 LIMA 0.00 9,116.18LORETO 0.00 393.75 MADRE DE DIOS 0.00 42,491.18 MOQUEGUA 0.00 643.66PASCO 0.00 2,250.68 PIURA 0.00 3,083.30 PUNO 0.00 8,677.47SAN MARTIN 0.00 1,171.57REGIÓN S/ U.S. $TACNA 0.00 2,191.26TUMBES 0.00 425.00TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 198,260.97Nº Gobiernos Regionales 23 1792782-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Eliminan requisitos de los procedimientos administrativos en el marco del Decreto Supremo N° 118-2019-PCM RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 144-2019/SUNAT ELIMINAN REQUISITOS DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL MARCO DEL DECRETO SUPREMO Nº 118-2019-PCM Lima, 22 de julio de 2019CONSIDERANDO: Que el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 118-2019- PCM, que rati fi ca procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, señala que como resultado del ACR, la SUNAT debe emitir o gestionar las disposiciones normativas para la eliminación y simpli fi cación de los requisitos de los procedimientos administrativos señalados en el numeral 2 de la sección B del anexo del referido decreto supremo; Que en cumplimiento de la obligación asumida por la SUNAT de emitir las disposiciones normativas para la eliminación y simpli fi cación de los requisitos de los procedimientos administrativos señalados en el numeral 2 de la sección B del anexo del referido decreto supremo, corresponde a esta entidad emitir una resolución de superintendencia para eliminar los requisitos de aquellos procedimientos administrativos señalados en el citado numeral, que hubieran sido regulados mediante resolución de superintendencia del titular de esta entidad; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica el proyecto por considerar que ello es innecesario, en la medida que sólo se está cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 118-2019-PCM; En uso de las facultades conferidas por el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-PCM; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y normas modi fi catorias; y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Eliminación de requisitos Dispóngase la eliminación de los requisitos de los procedimientos administrativos detallados en el anexo de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendente Nacional