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90 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2019 / El Peruano OBRAS PÚBLICAS / AFECTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS SANCIÓN CÓ- DIGODESCRIPCIÓN INFRACTORESMEDIDA PECU- NIARIA UITMEDIDA COMPLE- MENTARIA 1960Por no presentar el plan anual de obras en medio digital a la municipalidad la primera semana de diciembre del año anterior a su ejecución, a pesar de haber sido requerido por la MunicipalidadEjecutor de obra / empresa prestadora de servicio público 1 UIT 1961Por no presentar con un mes de anticipación a su ejecución la incorporación y aprobación de las modi fi caciones al plan anual de obrasEjecutor de obra / empresa prestadora de servicio público1 UIT 1962Por no cumplir de forma reiterada a pesar del requerimiento con incluir en el plan anual de obras lo indicado en el artículo 8 de la Ley Nº 30477Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público 1 UIT 1931Por causar aniegos que perjudiquen o deterioren bienes de propiedad de terceros o bienes de servicios o uso público por rotura o atoro de tuberías o matriz de agua o desagüe Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público 3 UITReparación y/o paralización de obra 1963Por hundimientos o rotura de pista originado por el rompimiento de tubería, mala instalación o falta de mantenimiento de tuberías matrices, o conexiones domiciliarias.Ejecutor de obra / empresa prestadora de servicio público 3 UIT ReparaciónOBRAS PÚBLICAS / AFECTACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS SANCIÓN CÓ- DIGODESCRIPCIÓN INFRACTORESMEDIDA PECU- NIARIA UITMEDIDA COMPLE- MENTARIA 1964Por impedir acciones de fi scalización y control en las obras ejecutas en vía públicaEjecutor de obra / empresa prestadora de servicio público 20% Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde a fi n que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Urbano la noti fi cación a las empresas prestadoras de servicios públicos de saneamiento, electricidad, telecomunicaciones, gas natural y de servicios públicos locales que intervinieran las vías con las especi fi caciones técnicas de la misma, comunicándoles la obligación de restituirlas, conforme a lo ordenado por la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la efectiva difusión de la presente Ordenanza, en la página web institucional (www.munisanmiguel.gob.pe). Quinta.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Sexta.- DISPÓNGASE que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1752308-1