Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2019 (19/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 19 de mayo de 2019 /

El Peruano

EDUCACION
Autorizan Transferencias Financieras a favor del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" y del Instituto Superior de Educación Público "Loreto"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2019-MINEDU Lima, 16 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 730-2018-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 919 451 096,00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal j) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, la transferencia financiera que realice el Ministerio de Educación, a favor de las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, para los procesos de formación, capacitación e innovación en materia educativa, para la asistencia técnica y la evaluación de expedientes técnicos de inversiones vinculadas a materia educativa, así como para el saneamiento físico legal de las instituciones educativas a nivel nacional; asimismo, el numeral 16.2 del artículo bajo comentario establece que la transferencia financiera autorizada se realiza mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para tal efecto el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 04 de diciembre de 2014, el Ministerio de Educación (MINEDU) suscribe los Convenios Nºs 530-2014-MINEDU y 531-2014-MINEDU, con el Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" y con el Instituto Superior de Educación Público "Loreto", respectivamente; con el objeto que éstos se encarguen de la planificación, organización, ejecución, evaluación y entrega de información referida a la Formación Profesional en Educación Inicial EIB, modalidad semipresencial, de ámbito amazónico bilingüe, fuera del ámbito de actividad ordinaria del Instituto, dirigido a docentes sin título profesional pedagógico y a promotores educativos comunitarios de Educación Inicial; a fin de desarrollar en ellos competencias profesionales pedagógicas, interculturales y lingüísticas, y permitirles la obtención de su título profesional pedagógico, para la primera promoción de acuerdo a los Términos de Referencia que como Anexo A forma parte integrante de los referidos Convenios, para el Item 1: Región Loreto, Sub ítem 1.2 ámbito UGEL Alto Amazonas; y el Item 1: Región Loreto, Sub Item 1.1 ámbito UGEL Maynas, respectivamente;

Que, la Cláusula Sexta de los Convenios antes mencionados, establecen que el MINEDU, abonará a favor del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" hasta la suma de S/ 6 581 637,50 (SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 50/100 SOLES) y a favor del Instituto Superior de Educación Público "Loreto" hasta la suma de S/ 3 337 416,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 SOLES), montos que cubren los gastos efectivamente realizados por los citados Institutos para el cumplimiento del objeto de los Convenios suscritos y según los Formatos de Presupuesto que como Anexo C, forman parte de las Convenios bajo comentario; asimismo, establece que en caso que las metas aumenten, los montos a abonar por parte del MINEDU podrán ser modificados, reajustados o actualizados, siempre que no excedan el 20% de la meta total programada, no requiriéndose la suscripción de una Adenda al Convenio, siendo suficiente el Informe Técnico favorable de la Dirección de Educación Superior Pedagógica y la correspondiente disponibilidad presupuestal; Que, con Resolución Ministerial Nº 073-2015-MINEDU, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de órganos y unidades orgánicas del MINEDU; asimismo, dispone que toda referencia efectuada en actos resolutivos, documentos normativos, documentos de gestión, convenios, contratos y cualquier otro de similar naturaleza, a los órganos y unidades orgánicas referidos en el documento de gestión aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, deberá entenderse realizada a los órganos y unidades orgánicas contemplados en el nuevo reglamento de Organización y Funciones, a partir de su entrada en vigencia, de conformidad con el Cuadro de Equivalencias de órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Educación; Que, en este marco conforme lo señala la Resolución Ministerial Nº 073-2015-MINEDU las funciones de la Dirección de Educación Superior Pedagógica, fueron asumidas, entre otras, por la Dirección de Formación Inicial Docente - DIFOID, de conformidad con las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; Que, mediante Memorandum Nº 00405-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID e Informe Nº 00238-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, la DIFOID sustenta y solicita gestionar las transferencias financieras a favor del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" hasta por la suma de S/ 671 224,55 (SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 55/100 SOLES) y a favor del Instituto Superior de Educación Público "Loreto" hasta por la suma de S/ 333 741,60 (TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 60/100 SOLES); en el marco de los Convenios suscritos y con arreglo a los Informes Nºs 0210-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y 0213-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, por medio de los cuales, la DIFOID otorga conformidad al Noveno Informe: Informe final Técnico Pedagógico y Administrativo del X Semestre Académico, remitidos con Oficio Nº 015-ME-DREL-UGELAA-DGIESPP-MEO-2019 y Oficio Nº 0030-2019-GRL-IESPPL-D por el Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" y el Instituto Superior de Educación Público "Loreto", respectivamente, de acuerdo a los términos y condiciones previstos en los convenios antes mencionados; Que, a través del Informe Nº 00505-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a las transferencias financieras propuestas a favor del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público "Monseñor Elías Olazar" y del Instituto Superior de Educación Público "Loreto", hasta por los montos de S/ 671 224,55 (SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 55/100 SOLES) y de S/ 333 741,60 (TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO Y 60/100SOLES), respectivamente, por cuanto se cuentan con los

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