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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2019 (20/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 20 de mayo de 2019 El Peruano / Infraestructura Educativa – PRONIED, mientras se designe a su titular; Que, el señor Joseph Edgard Silva Plasencia, cumple con los requisitos para el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, de acuerdo a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos vigente, aplicable al Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, lo cual ha sido veri fi cado por la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modi fi cado por la Ley Nº 29849; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado con Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; con los vistos de la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, la renuncia formulada por el señor Alejandro Lorenzo Gonzales González en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a partir del 20 de mayo de 2019, al señor Joseph Edgard Silva Plasencia las funciones de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, las acciones de personal correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Infraestructura Educativa 1770604-1 INTERIOR Autorizan viaje de Personal Policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 730-2019-IN Lima, 17 de mayo de 2019VISTOS, el O fi cio Nº 631-2019-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 001253-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, a través del O fi cio Nº 5222-2019-MP-FN- UCJIE(EXT 116-19) de fecha 02 de mayo de 2019, el Fiscal Superior Titular, Jefe de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación hace de conocimiento al Jefe de la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, que el Juzgado Federal de Campana del Poder Judicial de la República Argentina resolvió conceder la extradición del ciudadano peruano Benji Luis Huaranca Rayme, motivo por el cual solicita realizar las coordinaciones correspondientes para la ejecución de dicha extradición, considerando el plazo estipulado por el Tratado, el cual corre desde el 26 de abril de 2019; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 145-2019-COMGENPNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 14 de mayo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Emilio Arnaldo Chávez Andrade y del Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Paul Manuel Antonio López Ramírez, propuestos por la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, del 20 al 24 de mayo de 2019, a la ciudad autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio Nº 2028-2019-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 10 de mayo de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú y los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuestos de viaje, son asumidos por el Poder Judicial del Perú, conforme precisa la Hoja de Estudio y Opinión Nº 145-2019-COMGENPNP/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento” ;